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Caso Yacyretá: Corte Suprema tardó 7 años en resolver recusación y causa prescribe

Un caso de presunta lesión de confianza con un perjuicio millonario contra la Entidad Binacional Yacyretá prescribió luego de que el expediente permaneció casi 7 años sin resolverse en la Corte Suprema de Justicia.

Se declaró la prescripción del hecho punible de lesión de confianza, por un perjuicio de G. 9.680 millones a la entidad Yacyretá. El Observador.

Un resonante caso de presunta lesión de confianza con un perjuicio millonario contra la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) ha prescrito debido a una prolongada demora en el trámite judicial. El expediente permaneció casi 7 años en la Corte Suprema de Justicia sin que los ministros resolvieran una recusación interpuesta, lo que impidió que el caso avanzara en instancias inferiores.

Las constancias revelan que el 29 de octubre de 2016, los fiscales Victoria Acuña y Claudia Morys acusaron a varios imputados, entre ellos Enrique Cáceres Rojas, por el hecho punible de lesión de confianza en perjuicio de la EBY por un monto de 9.860 millones de guaraníes. Sin embargo, el expediente fue elevado a la Corte Suprema en octubre de 2016 debido a una recusación contra miembros de la Cámara de Apelaciones, que a su vez debían resolver una impugnación relacionada con la inhibición de un juez.

El trámite en la máxima instancia judicial se extendió hasta el 27 de septiembre de 2023, cuando finalmente el expediente fue devuelto al Tribunal de Alzada. Tras resolver la impugnación y otros planteamientos, la Cámara remitió el caso a la jueza Lici Sánchez el 11 de octubre de 2023, quien procedió a declarar la prescripción del hecho punible con base en un informe del actuario que indicaba que el expediente había estado casi 7 años en la Corte Suprema.

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En su resolución, la magistrada Sánchez señaló que, de acuerdo con el Código Penal, el plazo máximo de prescripción para el delito de lesión de confianza es de 5 años. Dado que el requerimiento acusatorio se presentó el 29 de octubre de 2016, el cómputo del plazo se habría cumplido en 2021, por lo que procedía declarar la prescripción del hecho punible.

La jueza destacó que no hubo movimiento alguno por parte de las partes intervinientes en el proceso judicial desde noviembre de 2016 hasta octubre de 2023, lo que constituyó una falta de actividad procesal determinante para considerar que el delito había prescrito. Este prolongado estancamiento del caso se debió principalmente a la demora en la resolución de la recusación en la Corte Suprema.

Fuente: El Observador