Demandan a Galaverna por filiación

La demandante solicitó la prueba de sangre y material genético (ADN) que deberán ser extraídos de las partes. “Así se podrá determinar con certeza científica la veracidad o no de la demanda promovida», explica el documento presentado en el Juzgado.

Según publicaciones de Última Hora, en el escrito, la mujer manifiesta que Galaverna no reconoció al niño a pesar de los reiterados reclamos y a teniendo conocimiento de que la criatura es su hijo.

«Jamás dio la cara ni demostró interés alguno por el niño, como tampoco intentó acercarse a él para asistirlo económicamente. Siendo legislador de esta República y económicamente bien posicionado, razón por la cual me veo obligada a promover la presente demanda de reconocimiento de filiación», reclama el texto de la demanda.

La petición fue presentada por la abogada Liz Paola Martínez ante una jueza de la Niñez y la Adolescencia de Capiatá.

La demanda de reconocimiento de filiación está regulada por los artículos 183 y 184 del Código de la Niñez y Adolescencia.

En cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, los nombres del niño y la madre se omiten, pues el mismo prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas o supuestos autores de hechos punibles.

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