10 datos para entender cómo es la reforma del Código Procesal Penal

Mediante la reforma de la Ley de Código Procesal Penal (CPP), aproximadamente 3.500 internos de todo el país podrían recuperar su libertad en cuestión de meses.

Algunos sostienen que esta medida pone en riesgo la seguridad ciudadana, mientras que otros afirman que la correcta aplicación de la norma mejorará las condiciones deplorables en la que viven muchos presos en la actualidad.

En conversación con AAM, el representante del Ejecutivo en la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal y Penitenciario, Enrique Kronawetter, explicó aspectos fundamentales para entender porqué es necesaria esta nueva modificación del CPP.

Lea los 10 puntos más importantes a continuación.

1. Polémica modificación

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El pasado 19 de julio, el presidente de la República promulgó varias modificaciones en la Ley N° 1286/1998 “Código Procesal Penal”, entre ellas la reforma del artículo 245, la cual devuelve la potestad a los jueces para dar medidas alternativas a la prisión.

2. Otros importantes cambios

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También se modificaron otros tres artículos que amplían el plazo para que los magistrados impongan medidas alternativas a la prisión, de 48 horas a cinco días, mientras que para las resoluciones fictas el plazo es de 24 horas a 10 días.

Cabe señalar que dichas modificaciones se realizan de manera transitoria para agilizar las revisiones y los plazos judiciales, hasta el 31 de enero de 2020.

3. Muchos van a pedir su libertad

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Según explicó Enrique Kronawette en AAM, la modificación del artículo 245 permitirá que unos 3.500 presos soliciten la revisión de sus casos para salir de las cárceles.

“La realidad es que tenemos un promedio de 3.500 imputados que a través de sus defensores públicos o privados van a plantear (medidas sustitutivas) a la luz de esta nueva ley”, manifestó.

Según agregó el experto, “la prisión preventiva se les aplicó automáticamente por el hecho de que la Fiscalía los imputó por crímenes y estaba prohibido conceder medidas alternativas”.

4. Hay “mala praxis”

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Kronawetter argumenta que tras las últimas modificaciones del CPP (realizadas en el 2004 y el 2011 respectivamente), fueron mal aplicadas durante 15 años, pues en la mayoría de los casos no se respetaron tres presupuestos que son fundamentales para dictaminar la prisión preventiva.

“El artículo 245 habla de la necesidad de tres presupuestos conjuntos; si falta uno de ellos no te pueden acreditar la prisión preventiva. Y al no poder decretar prisión preventiva, no podés hablar de medidas sustitutivas, tenés que darle la libertad (al imputado)”, explicó el abogado.

5. ¿Cuáles son los tres presupuestos?

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El abogado explicó que para solicitar la prisión preventiva de una persona, la Fiscalía tiene que contar con tres presupuestos fundamentales:

A. Que exista convicción sobre la perpetuación de un hecho punible grave (no se especifica el tipo de crimen).

B. Que existan pruebas que sostengan razonablemente que es necesaria la presencia del imputado para la investigación del caso.

C. Que existan circunstancias fácticas que permitan sostener que el imputado se va a ocultar, va a abandonar el país o que puede obstruir el proceso de investigación.

6. Abogado critica a los jueces

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Kronawetter sostiene que durante más de una década el CPP “se aplicó mal”. Pero con la nueva reforma, tanto jueces como fiscales van a tener que “compartir las responsabilidades” a la hora de dictaminar una prisión preventiva.

“Los jueces hubiesen tomado ese lugar para decir ‘nosotros somos jueces penales de garantías’, y más allá de que el fiscal diga que es un crimen, que explique por qué es un hecho grave, por qué es necesaria la presencia (del imputado) y cuáles son los elementos que permiten sostener que es el autor o partícipe (…) si no hace eso, no hay que discutir las medidas alternativas”, argumentó.

7. Colapso en las cárceles

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El miembro de la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal y Penitenciario, afirma que la ‘mala praxis’ se instaló en el sistema judicial paraguayo, lo que terminó por “llenar” las cárceles de presos sin condena.

“Se habla del colapso como una consecuencia de una normativa, y sabíamos todos que en algún momento iba pasar”, lamentó.

8. Autoridades no manejan datos

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Un gran problema en Paraguay es la falta de cotejo de datos entre las instituciones públicas, por lo que no se sabe la cantidad exacta de internos que solicitarán la revisión de sus casos, dijo Kronawetter.

“La Defensa Pública habló de 1.200 a 1.500 casos de personas que están presas por violencia doméstica. Se habló de 2.300 personas que están para obtener la libertad por compurgamiento de la pena mínima. Se habla en la Fiscalía de que van a haber alrededor de 4.000 revisiones, manifestó.

9. Abogados irán “al ataque” con las revisiones

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Debido a que la defensa pública representa solo el 35 % de los procesos penales, Kronawetter estima que los defensores privados (un 65 % aproximadamente), solicitará revisiones de forma masiva.

“Tendríamos alrededor de 4.000 revisiones que se pueden plantear de manera simultánea (…) vos te debés a tu cliente, no al sistema. Entonces los abogados van a plantear”, dijo, adelantando que el sistema judicial podría sufrir un verdadero colapso.

10. Fiscales y jueces, con mucho trabajo

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En el caso de que una gran cantidad de personas recluidas apelen a la prisión preventiva, se deben implementar algunos cambios en el sistema de trabajo de jueces y fiscales abarcando turnos dobles, sostuvo el abogado.

“Si esas medidas no son acompañadas con una responsabilidad de cada actor, por supuesto que que este paliativo no va a ser suficiente. Entonces tiene que haber un compromiso”, expresó.

“A lo mejor con estos cambios le podemos obligar a los fiscales a que realmente fundamenten sus requerimientos de prisión preventiva y que los jueces cumplan, lo que siempre tendrían que haber hecho”, manifestó en AAM.

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