Ejecutivo mantiene medidas sanitarias hasta el 21 de junio

El Presidente de la República Mario Abdo Benítez firmó el Decreto 5410 por el cual mantiene hasta el 21 de junio las medidas sanitarias vigentes en el marco del plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo general en el territorio por la pandemia del coronavirus.

El documento no incluye nuevas medidas sanitarias y solo extiende la vigencia de las disposiciones sanitarias hasta el 21 de junio. De esta forma, la circulación se mantiene de 05:00 a 23:59 a nivel país, de acuerdo a lo informado por la agencia estatal IP.

El documento establece que los comercios podrán operar bajo el régimen de cuadrillas y con ambientes bien ventilados. Igualmente se deberá fomentar la modalidad de venta por entrega a domicilio o delivery y pick up de todo tipo de productos.

Mientras que los locales gastronómicos tendrán que priorizar espacios abiertos o al aire libre, fomentar la modalidad delivery y pick up, asistentes sentados, sin interacción entre mesas, manteniendo una distancia de dos metros entre mesas y agendamiento previo, así como el registro individualizado de las personas atendidas

La operación de estos locales estará sujeta a los protocolos aprobados por el Ministerio de Salud. No están permitidos los espacios bailables ni barras.

En cuanto a las instituciones educativas, el decreto hace referencia a la implementación de la modalidad virtual o híbrida-semipresencial, que estará sujeto al “protocolo y guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas 2021” del MEC, siempre y cuando cuenten con el parecer del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo, cumplan con las medidas sanitarias y dispongan de la infraestructura requerida.

En ese mismo apartado, menciona la educación superior, continuará bajo el régimen de educación a distancia, no obstante podrán operar bajo la modalidad semipresenciales conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud, siempre y cuando cuenten con el parecer del Cones, cumplan con las medidas sanitarias y tengan la infraestructura necesaria.

En otro de los puntos, enfatiza que los eventos sociales se realizarán bajo responsabilidad de una persona física o jurídica determinada, quien deberá controlar que los participantes tengan una ubicación fija y designada. Asimismo dichas actividades no podrán superar las cuatro horas y se hará con agendamiento previo.

Además se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud. Podrán participar hasta 50 personas en espacios cerrados y 100 personas en espacios abiertos.

Los encuentros y las actividades en residencias particulares están habilitados con un máximo de 12 personas presentes, incluyendo los convivientes, aguardando las medidas establecidas por la cartera sanitaria.

Las actividades del sector cultural y recreativo, así como sus respectivos ensayos y actividades de enseñanza podrán realizarse con hasta 75 participantes en espacios cerrados con ventilación adecuada y hasta 150 personas en espacios al aire libre.

El Decreto señala que se permite la práctica deportiva, por grupos de hasta cuatro personas. Así también se habilitan las clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados, garantizando cuatro metros de distancia entre personas, para lo cual deberá realizarse el agendamiento previo y registro individualizado de los presentes.

Por otro lado, establece que la Policía Nacional continuará velando por el control estricto del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente decreto. El uso de mascarilla es obligatorio.

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