En menos de un mes, los trabajadores estarán recibiendo el tan esperado aguinaldo correspondiente al año 2023. Según la normativa nacional, este beneficio se otorga antes del 31 de diciembre o al finalizar la relación laboral. Es importante recordar que es un derecho irrenunciable del trabajador y no puede estar sujeto a la voluntad del empleador ni a descuentos.
Este año, de nuevo, el Ministerio de Trabajo recuerda que el aguinaldo es inembargable, tal y como lo establece el artículo 245 del Código del Trabajo. Por lo tanto, no está sujeto a retenciones o descuentos por parte del empleador o terceros.
Pero, ¿cómo se calcula exactamente este beneficio? Los expertos en educación financiera sugieren una fórmula sencilla: sumar todas las remuneraciones percibidas durante el año calendario -salarios, horas extras, comisiones, recargos y otros- y dividirlas entre 12.
A pesar de la alegría que trae consigo el cobro del aguinaldo, es importante recordar que si no se recibe en el tiempo y forma estipulados por la ley, los trabajadores tienen derecho a denunciar ante la oficina central o regional del Ministerio de Trabajo desde el 2 de enero, primer día hábil del año.
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Ahora bien, una vez que el aguinaldo está en nuestras manos, ¿qué hacemos con él? Muchos trabajadores lo utilizan para cubrir gastos relacionados con las fiestas de Navidad y Año Nuevo, pero también puede ser una excelente oportunidad para aumentar el patrimonio personal.
La planificación es clave para lograr este objetivo. Seleccioná gastos eliminables y mantenete firme en tus metas. El presupuesto anual o mensual te permitirá establecer tus prioridades y ver qué gastos superfluos puedes eliminar para alcanzar tu meta de ahorro.
Recordá, ahorrar no es guardar lo que sobra después de gastar, sino gastar lo que queda después de ahorrar. Así que, ¿por qué no considerar ahorrar una parte de tu aguinaldo este año?
Fuente: ABC.







