El exdiputado colorado Orlando Arévalo (HC) recurrió al Poder Judicial mediante un pedido de auxilio judicial, luego de que la Fiscalía rechazara su solicitud para acceder a la carpeta fiscal relacionada con los polémicos chats del fallecido diputado Eulalio “Lalo” Gomes.
La presentación fue realizada por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos ante el juez penal de garantías de turno, con el objetivo de obtener acceso a la investigación que se inició a partir de la comunicación del juez penal de garantías especializado en Crimen Organizado, Osmar Legal Troche, quien informó sobre posibles hechos punibles detectados en la extracción de datos del celular de Gomes.
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La investigación fiscal se centra en supuestos delitos como tráfico de influencias, coima, lavado de dinero y asociación criminal, entre otros, que surgieron de las conversaciones halladas en los dispositivos móviles del fallecido legislador.
Precisamente, Arévalo aparece como protagonista en varios intercambios de mensajes vía WhatsApp con Gomes, donde se evidencia que el entonces miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) habría realizado gestiones para proteger a fiscales y jueces «amigos» de posibles remociones, lo que explicaría el interés del exdiputado en acceder a esta información que lo involucra directamente.
Según consta en el documento presentado por la defensa, el 6 de febrero de 2025 se solicitó al Ministerio Público una copia del cuaderno de investigación fiscal N° 5/2025, caratulado: “Personas innominadas sobre tráfico de influencias y otros”. Sin embargo, esta petición fue rechazada por los agentes fiscales Luis Piñánez, Francisco Cabrera y Verónica Valdez mediante la resolución fiscal N° 03/2025 del 11 de febrero.
Ante esta negativa, la defensa impugnó dicha resolución ante la fiscala adjunta María Soledad Machuca Vidal, quien el 19 de febrero comunicó que la impugnación no procedía, ratificando así la postura del Ministerio Público de no permitir el acceso a la carpeta investigativa.
La posición de la Fiscalía se sustenta en el Artículo 322 del Código Procesal Penal (CPP), referente al carácter reservado de las actuaciones durante la etapa preparatoria. Dicho artículo establece que esta fase no será pública para terceros y que las actuaciones solo podrán ser examinadas por las partes, directamente o a través de sus representantes.
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Asimismo, dispone que los abogados que invoquen un interés legítimo serán informados sobre el estado de la investigación, pero mantiene la obligación de guardar secreto para quienes tengan conocimiento de las actuaciones, considerando falta grave su incumplimiento.
La defensa de Arévalo argumenta que la interpretación del Ministerio Público respecto al artículo mencionado es errónea y contradictoria
Según el abogado Duarte Cacavelos, esta norma no prohíbe a los agentes fiscales otorgar copias a la defensa y, más aún, considera que la Fiscalía está obligada a informar sobre sus actuaciones.
“Ya quedó demostrado ante la opinión pública, gracias a la temeraria conducta del Juez Penal de Garantías que conoció del supuesto hecho punible (y que derivó en una denuncia penal en su contra por prevaricato) que existen innumerables indicios sobre las presuntas comisiones de hechos punibles entre las que están las que se sindican al señor Orlando Arévalo”, expresa Duarte en su presentación, cuestionando además la falta de explicación por parte de la Fiscalía sobre los hechos investigados.
Fuente: ABC Color
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