Defensa del periodista Juan José Oteiza. Foto: Lucas Zaracho
La respuesta de oposición a la querella fue presentada esta mañana en el Juzgado Penal de Primera Instancia de Fernando de la Mora, a cargo de la jueza Rilsy Ortiz.
La defensa del periodista Juan José Oteiza, integrado por los reconocidos abogados Alejandra Peralta Merlo, Ezequiel Santagada y Federico Legal, solicitó formalmente a la justicia el rechazo “in limine” de la querella por difamación, calumnia e injuria presentada por el médico Libero Oropallo, argumentando que la misma no reúne los elementos necesarios para configurar el tipo penal alegado.
La controversia se originó tras una publicación periodística en el medio digital Resumen de Noticias (RDN), donde se reveló que Oropallo operaba sin la debida licencia profesional en territorio paraguayo. Esta información, lejos de constituir un ataque personal, fue respaldada por documentos oficiales obtenidos mediante solicitudes al portal de acceso a información pública.
Información de interés público en el centro del debate
“La publicación atacada es información de interés público, protegida por la libertad de expresión según estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, sostienen los defensores en su presentación. Enfatizan que se trata de comunicaciones relativas a la salud pública que merecen especial protección legal, no persecución penal.
La querella, presentada por el abogado Oscar Tuma en representación de Oropallo, acusa al periodista de RDN de supuesta calumnia, difamación e injuria contra el honor del médico al señalar su situación irregular ante las autoridades sanitarias.
Evidencia oficial respalda al comunicador
La defensa subraya que la investigación periodística se basó en información oficial recibida el 5 de julio de 2024, donde se confirmaba que Oropallo “no contaba con registro profesional ni con autorización temporal para operar en Paraguay”, convirtiendo su actividad en una práctica potencialmente clandestina.
Los letrados argumentan que este tipo de publicaciones sobre establecimientos médicos sin registro ni autorización para operar constituyen información de alto interés general que debe ser difundida, no censurada, conforme a los principios básicos de libertad de expresión en una sociedad democrática.
Abogada alerta sobre precedente peligroso
Alejandra Peralta Merlo, integrante del equipo de defensa, expresó su preocupación por las implicaciones que tendría admitir esta querella. «El periodista había solicitado a través del portal de Acceso a la Información Pública datos sobre el registro y la habilitación de la clínica del médico Libero Oropallo. El Ministerio de Salud Pública informó que la clínica no estaba habilitada y el médico no estaba registrado», explicó la jurista.
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“Imagínense el precedente nefasto que podría significar admitir este tipo de querellas para todas las personas que solicitan información a través del portal y luego publican dicha información de interés público, si todos los ‘ofendidos’ utilizaran el sistema penal para amedrentar. Significaría matar la Ley de Acceso a la Información Pública”, advirtió Peralta Merlo.
La vía penal como herramienta intimidatoria
La respuesta presentada ante el juzgado señala también que, aun si existiera algún elemento controvertido, la vía penal no sería el camino adecuado para dirimir diferencias relacionadas con informaciones de interés público, especialmente cuando están respaldadas por documentos oficiales.
Los defensores concluyen que la información proporcionada por el propio Ministerio de Salud Pública invalida cualquier pretensión del querellante, quien además de buscar una condena contra el periodista, pretende una compensación económica por supuestos daños a su imagen profesional.
Este caso pone nuevamente en el centro del debate la tensión entre el derecho al honor y la libertad de prensa cuando se trata de denunciar irregularidades en ámbitos sensibles como la salud pública, especialmente cuando el periodismo cumple con su rol de verificar la información antes de publicarla.
Fuente: RDN
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