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El Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) resolvió este jueves recomendar al Poder Ejecutivo un reajuste del 3,6% sobre el salario mínimo legal vigente, en base a la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC). De aprobarse la propuesta, el nuevo salario mínimo pasaría de G. 2.798.309 a G. 2.899.048 a partir del 1 de julio.
El incremento de G. 100.739 fue aprobado por mayoría en la sesión del Conasam, aunque no hubo consenso total. El representante de los trabajadores se retiró en desacuerdo con el porcentaje recomendado, al considerar insuficiente el ajuste frente al costo real de vida.
Enrique Vidal, miembro del sector empresarial, explicó que la ley vigente no permite enviar múltiples propuestas al Ejecutivo. “Solicitaron enviar dos alternativas, pero eso no está contemplado. Solo puede emitirse una única recomendación”, sostuvo.
El presidente del Conasam, Enrique Galeano, indicó que en los próximos días se elaborará la documentación técnica correspondiente para remitir al Ministerio de Trabajo. Luego, el informe será derivado al presidente Santiago Peña para la emisión del decreto, lo que se espera ocurra antes del 30 de junio.
Este ajuste salarial responde al mecanismo establecido por la ley 5764/16, que obliga al Conasam a evaluar cada año el impacto de la inflación sobre el salario mínimo. Según el Banco Central del Paraguay, la inflación interanual a mayo fue del 3,6%.
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El aumento propuesto será de aplicación general para todos los trabajadores formales cuyos ingresos se rigen por el salario mínimo legal, aunque las críticas de sectores obreros apuntan a que el monto sigue siendo insuficiente frente al encarecimiento de la canasta básica.
De mantenerse el calendario previsto, el nuevo salario entrará en vigor desde el 1 de julio, una vez firmado el decreto presidencial. Resta ahora conocer si el Ejecutivo adoptará sin modificaciones la recomendación del Conasam o abrirá el debate ante la presión sindical.
Fuente: ÚH
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