Foto: Archivo ÚH.
Los abogados Luis Samaniego Correa y Daniel Garcete solicitaron a la jueza de Crimen Organizado, Rosarito Montanía, la nulidad de la declaración indagatoria de Gianina García Troche, esposa de Sebastián Marset. La defensa argumenta irregularidades procesales cometidas durante el interrogatorio realizado en el aeropuerto Silvio Pettirossi tras su extradición desde España el 21 de mayo pasado.
La defensa señala que se omitió informar a la imputada sobre su derecho consular establecido en el artículo 36 de la Convención de Viena. También denuncia que no se le comunicó su derecho a designar abogado defensor en un plazo de 24 horas, tanto por parte del agente fiscal como del defensor público designado de oficio.
Los profesionales enfatizan que la Convención de Viena impone a toda autoridad la obligación de informar sin demora al detenido extranjero sobre su derecho a comunicarse con su consulado. Esta obligación constituye norma de rango constitucional y convencional de cumplimiento estricto, no facultativo ni recomendable según argumentan los abogados.
El incumplimiento de esta obligación vulnera el derecho al debido proceso y a la defensa técnica efectiva. La defensa sostiene que la falta de información sobre el derecho consular no constituye meramente una infracción administrativa, sino que afecta directamente la validez del acto procesal y lo vicia de nulidad absoluta.
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Los abogados consideran agravante que después de 57 días de detención, y tras denuncias públicas en medios de prensa, la jueza dispusiera tardíamente la comunicación al Consulado del Uruguay. Esta actuación extemporánea y reactiva no subsana la nulidad del acto consumado, sino que demuestra conocimiento previo del deber omitido.
La defensa argumenta que la nulidad de la declaración indagatoria no se corrige con notificación consular tardía, pues el acto ya se encontraba viciado de nulidad ab initio. El derecho de defensa fue afectado de forma irreparable desde el momento inicial del procedimiento, imposibilitando cualquier subsanación posterior.
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Los profesionales denuncian que la jueza designó defensor público sin consultar la voluntad de la imputada ni darle oportunidad de comunicarse con su consulado o designar abogado de confianza. El Ministerio Público tomó posteriormente declaración indagatoria sin subsanar estas omisiones fundamentales, manteniendo la participación de un defensor impuesto.
La defensa cuestiona las condiciones del interrogatorio realizado en el aeropuerto, argumentando que la prisa y el contexto incrementaron la presión psicológica sobre la imputada. Estas circunstancias ponen en duda la voluntariedad y fiabilidad de cualquier declaración obtenida, dificultando el ejercicio de derechos de autodeterminación esenciales contra la autoincriminación forzada.
Fuente: Última Hora
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