Foto: Gentileza.
El Tribunal de Apelación en lo Penal Segunda Sala de la Capital ratificó el sobreseimiento definitivo de Meliza Belén Benítez González, funcionaria pública con discapacidad auditiva imputada por supuesto hecho punible de extorsión. La resolución judicial confirma la decisión adoptada previamente por la jueza de Garantías en primera instancia.
La causa se inició tras denuncia de un compañero de trabajo quien alegó ser víctima de extorsión por parte de la funcionaria. Durante el proceso investigativo, el Ministerio Público no logró reunir elementos probatorios concluyentes, principalmente debido a la imposibilidad técnica de acceder a información de teléfonos celulares incautados y otras diligencias que no aportaron evidencia sustancial.
La jueza de Garantías Alicia Pedrozo Berni había dispuesto el sobreseimiento definitivo en junio de 2025, decisión que fue impugnada por el denunciante ante el Tribunal de Apelación. Tras análisis exhaustivo del expediente, la instancia superior concluyó que la Fiscalía actuó conforme al marco legal vigente y que no existían condiciones objetivas para continuar el proceso penal.
El fallo reafirma principios fundamentales del sistema judicial como el debido proceso, la presunción de inocencia y la prohibición de discriminación. La resolución adquiere particular relevancia considerando que la imputada presenta discapacidad auditiva y enfrentó perjuicios laborales al ser suspendida sin percepción de salario durante la tramitación de la causa.
La defensa de Benítez González denunció que la imputación careció de sustento probatorio y señaló posible abuso de poder y acoso laboral. Los abogados defensores argumentaron que la funcionaria fue objeto de presiones indebidas por parte del denunciante, quien ocupaba cargo gremial en el Instituto de Previsión Social donde ambos desempeñaban funciones laborales.
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La decisión del Tribunal establece un precedente jurisprudencial en la protección de derechos de personas con discapacidad en ámbitos judicial y laboral. La resolución impide la perpetuación de procesos sin fundamento que pueden afectar desproporcionadamente a personas en situación de vulnerabilidad por su condición de discapacidad.
El fallo fortalece la vigencia de garantías constitucionales y derechos humanos fundamentales, estableciendo la necesidad de utilizar los procedimientos judiciales con responsabilidad. La resolución previene que el sistema de justicia se convierta en instrumento de hostigamiento contra personas que enfrentan barreras estructurales, particularmente aquellas con discapacidades que requieren protección especial del ordenamiento jurídico nacional.
Fuente: Judiciales.net
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