La Corte Suprema de Justicia calificó como peligroso el proyecto de ley de emergencia aprobado por el Senado que busca beneficiar a víctimas de la mafia de los pagarés. Según los ministros, la iniciativa puede tener un fuerte impacto en el sistema judicial.
El proyecto dispone el levantamiento o suspensión de embargos con el único argumento de que los expedientes no se encuentran o están extraviados. Para la Corte, esta disposición es demasiado amplia y puede generar consecuencias graves en la aplicación de la justicia.
Los ministros advirtieron que la norma podría aplicarse incluso a cobros legítimos que no presentan irregularidades. Además, alertaron que podría incentivar la desaparición deliberada de expedientes con el fin de forzar el levantamiento de embargos.
Impulsan ajustes urgentes al proyecto de Registro Nacional de Pagarés
▪️El diputado José Rodríguez, proyectista, anunció que convocará a una mesa de trabajo con la Corte Suprema de Justicia y el Poder Ejecutivo para introducir ajustes al documento.
▪️El objetivo es incluir el… pic.twitter.com/H3qga5xGQ0
— Radio Ñandutí (@nanduti) September 26, 2025
Uno de los puntos centrales señalados es que el proyecto no limita ni fueros ni bienes. Según la Corte, esta ausencia de restricciones abriría la posibilidad de aplicar la norma en cualquier proceso judicial, en todas las instancias, generando una práctica riesgosa.
Ante este escenario, la Corte presentó una propuesta alternativa que incluye tres limitaciones específicas. La primera es restringir la competencia solo a los juzgados de paz, donde se detectaron las irregularidades. La segunda es limitar la medida a embargos sobre salarios y sueldos, protegiendo así ingresos de subsistencia. La tercera es exigir la denuncia previa registrada por la Comisión Especial de Investigación.
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El proyecto alternativo plantea también que la suspensión de embargos quede condicionada a un informe del actuario judicial y que se mantenga vigente únicamente durante el proceso de ubicación o reconstitución del expediente, conforme al artículo 120 del Código Procesal Civil.
Con esta postura, la Corte busca modificar de manera sustancial la propuesta ya aprobada en el Senado. La iniciativa de los ministros se interpreta como un intento de recortar la normativa original que pretende beneficiar a víctimas cuyos expedientes desaparecieron en los juzgados de paz de Asunción y Central.
Fuente: El Observador







