Judiciales

Cámara ratifica condena a intendente de Puerto Casado

La Cámara de Apelación ratificó la condena al intendente Hilario Adorno por usar dinero público para fines personales en Puerto Casado.

Hilario Adorno (ANR) junto a su abogado Álvaro Cáceres.

El Tribunal de Apelación Penal confirmó la condena de tres años y ocho meses de prisión para el intendente de Puerto Casado, Hilario Adorno (ANR), hallado culpable por los delitos de lesión de confianza y administración en provecho propio. El fallo ratifica la sentencia dictada en junio pasado por el Tribunal de Sentencia de Concepción.

Según las conclusiones judiciales, el jefe comunal utilizó recursos de la Municipalidad de Casado para fines personales, violando las normas que rigen la administración del patrimonio público. El caso fue investigado tras comprobarse que Adorno destinó G. 50 millones de fondos municipales al pago inicial de una camioneta nueva, adquirida a título propio.

El vehículo, una Mitsubishi L200 Tritón modelo 2022, fue comprado con un cheque emitido por la Municipalidad a nombre de Nipón Automotores, sin que existiera documentación que justificara la transacción como un gasto institucional. Durante el juicio, se constató que el rodado nunca formó parte del inventario municipal y fue utilizado exclusivamente por el intendente.

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El fallo de segunda instancia señala que ningún funcionario público, y menos una autoridad electa, puede usar bienes o recursos del Estado para fines personales, ni justificar sus actos con la devolución del dinero. La resolución reafirma que la conducta de Adorno representó un perjuicio patrimonial a la Municipalidad y una violación al deber de administrar con probidad.

Si bien la sentencia fue confirmada, aún no se encuentra firme, ya que la defensa del intendente puede recurrir ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. No obstante, la ratificación en segunda instancia refuerza la validez del proceso judicial iniciado por la Fiscalía de Delitos Económicos.

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El tribunal de apelación concluyó que la condena inicial fue correctamente fundamentada, tanto en la valoración de las pruebas documentales como en las declaraciones de testigos. Los jueces consideraron que el desvío de fondos fue intencional y que la conducta del acusado no se trató de un error administrativo, sino de un aprovechamiento indebido de recursos públicos.

El caso de Hilario Adorno reaviva el debate sobre la corrupción en gobiernos municipales y la debilidad de los mecanismos de control sobre el uso de fondos públicos. El fallo fue considerado un precedente relevante en materia de rendición de cuentas para autoridades locales.

De confirmarse la sentencia en la Corte Suprema, Adorno quedará inhabilitado para ejercer cargos públicos y deberá cumplir la condena de prisión establecida por el Tribunal de Sentencia.

Fuente: Megacadena