Procesado. Fernando González Karjallo, hijo de Ramón González Daher, para quien se pide extinguir la acción penal. Foto: Archivo ÚH.
El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, resolvió revocar la decisión de la jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer, que había rechazado la promoción al periodo de prueba del condenado Fernando González Karjallo, hijo del empresario Ramón González Daher (RGD). Con el fallo, el interno podrá acceder a beneficios penitenciarios como salidas transitorias y eventualmente la libertad condicional.
La resolución fue adoptada por unanimidad por los camaristas Arnulfo Arias, Paublino Escobar y Adriana Giagni, quienes modificaron lo dispuesto por el Juzgado de Ejecución el pasado 14 de agosto. En aquella ocasión, Kirchhofer había argumentado que el recluso debía continuar un tratamiento psicológico antes de acceder al beneficio.
El fallo de primera instancia señalaba que, pese a haber cumplido la mitad de su condena, González Karjallo aún presentaba indicadores negativos en su personalidad, por lo que ordenó un seguimiento psicológico cada 15 días durante cuatro meses. Por ese motivo, denegó el avance al periodo de prueba dentro del régimen progresivo de cumplimiento de pena.
Leé más: Jueza ordena tratamiento psicológico para el hijo de González Daher
La defensa, encabezada por la abogada Raquel Talavera, apeló la resolución al considerar que el tratamiento psicológico no impedía el cambio de etapa y que podía realizarse dentro del nuevo régimen. Añadió que el interno ya venía recibiendo acompañamiento profesional desde febrero de 2024 y que la jueza valoró indebidamente otras causas abiertas en su prontuario.
El Tribunal de Apelación sostuvo que González Karjallo fue condenado a cinco años de prisión por lavado de dinero, según la sentencia de diciembre de 2021. Su pena definitiva fue fijada en septiembre de 2022 y vencerá el 3 de marzo de 2027, mientras que el acceso a la libertad condicional podrá darse desde el 3 de julio de 2025.
Unite a nuestro canal de Whatsapp
El camarista Arnulfo Arias enfatizó que el periodo de prueba tiene como finalidad la reinserción social del condenado y que el tratamiento psicológico puede continuar durante esta etapa. Su colega Paublino Escobar agregó que negar el beneficio por razones formales contradeciría el principio constitucional de progresividad del régimen penitenciario.
Con la adhesión de la magistrada Adriana Giagni, la Cámara revocó el fallo de Kirchhofer. En consecuencia, Fernando González Karjallo podrá ser trasladado a otra sección del penal y acceder a beneficios como salidas transitorias y controladas, además de mantener la posibilidad de obtener la libertad condicional cuando cumpla los plazos legales.
Fuente: Última Hora
Esta web usa cookies.