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Juez ordena tutela general a favor de reclusas de Emboscada

El juez verificó deficiencias en infraestructura, alimentación y ventilación. Exige cumplimiento de derechos humanos bajo normativas nacionales e internacionales.

Con corbata rosa, el juez Juan Bautista Silva, del Juzgado Penal de Ejecución de Cordillera, dentro del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE), donde constató condiciones inadecuadas, el pasado 17 de octubre. Gentileza

El juez Juan Bautista Silva dispuso de oficio una tutela jurisdiccional de carácter general a favor de las 651 reclusas del Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada. La medida responde a condiciones inadecuadas verificadas en el penal. Con esta resolución, el magistrado exige el cumplimiento efectivo de los derechos humanos y penitenciarios garantizados por normativas nacionales e internacionales vigentes en Paraguay.

La tutela fue emitida ayer por el juez del Juzgado Penal de Ejecución de Cordillera tras un control realizado el 17 de octubre en el COMPLE. La mayoría de las reclusas provienen del ex Buen Pastor. Durante la inspección, el juzgado verificó deficiencias en infraestructura, alimentación, ventilación y acceso a información sobre los derechos de las internas del establecimiento penitenciario.

El juez Silva puntualizó la necesidad de mejorar la logística alimentaria, optimizar la presión de agua e instalar ventiladores en los pabellones. También exigió garantizar condiciones mínimas de higiene, iluminación y ventilación en todas las áreas del complejo. Estas deficiencias vulneran los derechos básicos de las mujeres privadas de libertad y requieren atención inmediata de las autoridades responsables.

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En su resolución, el magistrado recordó que Paraguay está obligado a respetar las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como Reglas de Mandela. Estas normativas establecen la dignidad humana como principio rector. Silva citó también los artículos 3 y 5 del Código de Ejecución Penal, que garantizan la separación entre procesadas y condenadas y la preservación de los derechos fundamentales.

El fallo dispone que todas las irregularidades sean subsanadas en un plazo de 22 días hábiles bajo apercibimiento de ley. Cumplido ese tiempo, el Juzgado de Ejecución se constituirá nuevamente en el penal para verificar el cumplimiento efectivo de las medidas ordenadas. El juez advirtió que de no cumplirse la resolución, serán procesadas las autoridades del Ministerio de Justicia tanto por instrucciones nacionales como por organismos internacionales de derechos humanos.

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Se remitió copia íntegra de la resolución al Viceministerio de Política Criminal y a la Dirección del penal para la ejecución inmediata de las disposiciones. En caso de incumplimiento, el juez Silva advirtió que los antecedentes serán elevados a las instituciones correspondientes. El magistrado señaló que la tutela se dicta de oficio en cumplimiento de los artículos 19 y 294 del Código de Ejecución Penal, que lo facultan a actuar ante situaciones urgentes.

El Juzgado de Ejecución Penal de Cordillera ya había dictaminado una tutela similar en 2023 con relación al penal de Emboscada Antigua a favor de todos los internos. El juez indicó que en aquella ocasión acudió al penal para verificar el acatamiento efectivo en el plazo de 22 días establecido. Silva constató que se dio cumplimiento a lo dispuesto en su resolución anterior, estableciendo un precedente de fiscalización efectiva en el sistema penitenciario del departamento.

Fuente: ABC Color