Nathalia Garcete, ahora ex jueza de Paz. ÚH
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados decidió por unanimidad remover del cargo a la jueza de Paz de La Catedral del Segundo Turno, Nathalia Garcete, tras concluir que incurrió en mal desempeño de funciones. El análisis del órgano constitucional determinó que su actuación fue calificada como indolente, descuidada y negligente dentro de expedientes que luego derivaron en el caso conocido como la mafia de los pagarés.
La investigación confirmó que la magistrada firmó resoluciones sin fecha en 27 expedientes de acciones preparatorias de juicios ejecutivos. Esas actuaciones procesales, al no estar fechadas, dieron origen a juicios ejecutivos que avanzaron hasta generar embargos contra personas afectadas. Según el Jurado, los efectos alcanzaron el patrimonio de las víctimas y repercutieron también en sus condiciones personales, sociales y económicas.
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Los documentos observados correspondían a providencias simples, como fijación de audiencias de reconocimiento de firmas, pedidos de informes del actuario y autos para resolver. Para el ministro de la Corte Suprema César Garay, quien integra el organismo juzgador, la actuación debía ajustarse a los procedimientos. El ministro señaló que “las providencias son instrumentos públicos y su fecha es indispensable para asegurar la validez y la secuencia del trámite”. Añadió que el destape de la estructura de los pagarés tuvo su origen en esas resoluciones irregulares.
Garay también indicó que hubo una conducta que calificó como indolente, desidiosa y negligente por parte de la enjuiciada, al considerar inadmisible que un miembro de la magistratura desconozca exigencias procesales básicas. Afirmó que el cumplimiento estricto de las normas es un componente esencial para evitar perjuicios dentro de los procesos judiciales.
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Durante el análisis, el senador Mario Varela enfatizó la importancia de la seguridad jurídica como base del Estado de Derecho. El legislador sostuvo que “el poder público debe regirse por la ley”, al referirse a las consecuencias que generan las actuaciones defectuosas dentro del sistema judicial. El Jurado tomó en cuenta este planteamiento como parte del examen integral de responsabilidades.
Finalmente, el pleno del JEM concluyó que existió mal desempeño y una alta cuota de responsabilidad de la magistrada debido a su forma de proceder. El organismo consideró que su actuación produjo perjuicios directos sobre decenas de personas que enfrentaron demandas sin la posibilidad de ejercer plenamente su derecho a la defensa. Según el dictamen, estos hechos dejaron consecuencias graves dentro de los procesos afectados.
Fuente: Última Hora
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