Exdirector del Indert deberá cumplir pena de cárcel

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó que el exdirector regional del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Pedro Enrique Gómez de la Fuente, debe cumplir su condena de tres años y 6 meses de prisión por cohecho pasivo agravado y extorsión. El máximo tribunal rechazó dos recursos presentados por su defensa, al considerar que tenían carácter dilatorio.

La decisión fue adoptada por los ministros Carolina Llanes, César Garay y Alberto Martínez Simón, quienes desestimaron un recurso de aclaratoria y otro de reposición promovidos por la defensa del exfuncionario. Ambos planteamientos buscaban frenar la ejecución de la sentencia dictada en su contra, según consta en las resoluciones judiciales.

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El recurso de aclaratoria estaba dirigido contra el Auto Interlocutorio N.º 295, emitido el 15 de julio de 2025. La Corte resolvió no hacer lugar al pedido el 17 de diciembre del mismo año, tras más de cinco meses de análisis. Además, la defensa presentó una reposición contra una providencia del 24 de setiembre de 2025, que fue rechazada mediante el Auto Interlocutorio N.º 667.

En su análisis, la Sala Penal sostuvo que la defensa incurrió en una conducta contraria a la buena fe procesal. Indicó que se intentó instalar una supuesta incertidumbre jurídica, pese a que las sentencias ya estaban firmes. Por lo tanto, consideró que se buscó obstaculizar el cumplimiento de la condena mediante recursos improcedentes.

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El fallo también señala que la reiteración de estos planteamientos configura un abuso de las herramientas procesales. Según la Corte, este accionar vulnera el principio de cosa juzgada y contradice el deber de litigar con buena fe, establecido en el Código Procesal Penal. Por ese motivo, ratificó la vigencia plena de la condena.

La causa se originó en hechos ocurridos en 2019, cuando Gómez de la Fuente y el exdiputado Carlos María Soler solicitaron USD 125.000 a un estanciero para anular la revocación de una adjudicación de tierras en el Chaco. El Tribunal de Sentencia consideró probados los hechos y dictó condenas en julio de 2022. Soler ya cumple su pena, mientras que Gómez de la Fuente continúa con orden de captura.

Fuente: ABC Color

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