La Sala Penal de la Corte Suprema confirmó la extinción definitiva de la acción penal sobre el caso Lambaré. El incidente ocurrió en el año 2015 dentro del Colegio Nacional de dicha ciudad. En aquel momento, el desplome del techo de un aula provocó heridas a varios estudiantes y docentes. Con este fallo, queda firme el sobreseimiento de los tres acusados principales. La justicia determinó que la causa no puede continuar su curso legal. Por consiguiente, el proceso judicial llega a su fin sin responsables condenados.
El principal procesado en esta investigación era el exintendente municipal Roberto Cárdenas. En los juicios previos, Cárdenas recibió una condena inicial de cuatro años de penitenciaría. Asimismo, los otros dos implicados, Guido Fernández Saucedo y Vicente Acosta Gibbons, fueron sentenciados. Ambos recibieron penas de dos años de cárcel durante el segundo juicio oral. Sin embargo, el primer proceso judicial fue anulado tiempo atrás. Las sentencias previas quedan ahora sin efecto por la resolución del máximo tribunal.

La Segunda Sala de Apelación de Central fue la encargada de declarar la extinción del caso. Los camaristas determinaron que se superó el plazo máximo de duración del proceso penal. Según la ley, la justicia debe actuar dentro de tiempos establecidos. Al exceder este periodo, se ordenó el sobreseimiento definitivo de todos los acusados por el derrumbe. Esta decisión técnica generó una fuerte polémica en el ámbito jurídico nacional. Además, el fallo impide que los responsables enfrenten consecuencias penales por los hechos ocurridos.
El Ministerio Público intentó revertir la decisión mediante un recurso extraordinario de casación. Los fiscales Luis Said y Carina Sánchez presentaron esta acción contra el fallo previo. La apelación se dirigió específicamente contra lo dispuesto el 22 de agosto de 2024. Los agentes fiscales buscaron anular la decisión de los camaristas del departamento Central. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia analizó los argumentos y decidió no hacer lugar al pedido. De esta manera, se ratificó que el tiempo para juzgar el caso expiró legalmente.
La resolución de la Corte implica que ya no existen vías legales para retomar el juicio. El máximo tribunal concluyó que la causa expiró según los términos de la normativa vigente. Por lo tanto, cualquier posibilidad de reanudar la investigación quedó totalmente descartada. Este desenlace jurídico pone un candado final a un expediente que duró casi una década. Además, la confirmación de la Sala Penal deja sin castigo a quienes estuvieron al frente de las obras escolares. El sistema judicial falló en otorgar una sentencia definitiva.
Este resultado genera un cierre definitivo para una causa con gran repercusión social y mediática. El desplome en el Colegio Nacional de Lambaré marcó un precedente de indignación ciudadana en el país. A pesar de los daños físicos y el peligro corrido por las víctimas, no habrá sanción penal. El caso termina oficialmente en la impunidad absoluta para el exintendente Roberto Cárdenas y sus colaboradores. Las heridas de docentes y alumnos no encontrarán respuesta en los tribunales nacionales.
Fuente: Judiciales.net







