Policías de Capiatá intervinieron en el hecho, que involucró a una madre y la víctima resultó ser su propia hija.
El 21 de noviembre de 2025 marcó un hito en la historia judicial de Paraguay. El juez penal de garantías de Capiatá, Juan Oviedo, firmó una resolución histórica. Mediante el Auto Interlocutorio número 2646, el magistrado desestimó una causa abierta desde el año 2014. La protagonista del caso fue Ana María Arnold Datschke. Ella estuvo bajo la lupa del Ministerio Público durante once años. El motivo fue la muerte de su hija de diecinueve años en su propia casa.
La fiscalía concluyó que el hecho se encuadró en un error de prohibición inevitable. Este pedido fue realizado por el agente fiscal Hugo Marcelo Pérez. El magistrado aceptó los argumentos técnicos presentados por el representante de la sociedad. Por lo tanto, el proceso quedó cerrado definitivamente para la mujer investigada. Este desenlace pone fin a una década de incertidumbre legal para la familia Arnold. El caso se convirtió en un ejemplo de aplicación técnica del derecho penal nacional.
Los antecedentes se remontan a una noche trágica en el barrio Retiro de Capiatá. Ana María Arnold vivía en ese lugar del departamento Central. La mujer había quedado viuda poco tiempo antes de los sucesos. Debido a esta situación, su hija Nayive Janette Otto Arnold la acompañaba frecuentemente. Nayive era una joven estudiante universitaria de la carrera de Veterinaria. Además, ella integraba activamente el cuerpo de bomberos voluntarios de su ciudad.
La convivencia entre ambas estaba marcada por un sentimiento de inseguridad constante. Ana María había sido víctima de varios hurtos en su domicilio particular. Incluso, delincuentes le habían robado su propio vehículo anteriormente. Por esta razón, la mujer sentía un miedo profundo cada noche al ir a dormir. Sus hijos conocían bien esta preocupación materna debido a los incidentes previos. Nayive solía quedarse en la habitación de su madre para brindarle seguridad y compañía.
El 8 de octubre de 2014 ocurrió el desenlace fatal en la vivienda familiar. Ese día, Nayive Otto tenía una guardia programada en el cuartel de bomberos. Sin embargo, ella decidió quedarse en casa para estudiar para un examen universitario. Por lo tanto, le pidió a su hermano que la cubriera en su servicio nocturno. La joven planeaba descansar y prepararse para su evaluación del día siguiente. Esa noche, ella se acostó en la misma habitación que su madre.
Cerca de las 23:00, un ruido extraño despertó a Ana María desde la cocina. La mujer recordó inmediatamente los robos sufridos en el pasado reciente. Atemorizada, ella observó rápidamente hacia la cama donde debía estar su hija descansando. En la oscuridad, notó unos bultos sobre el colchón y asumió que era Nayive durmiendo. Realmente, esos bultos eran solo unas frazadas acumuladas en ese lugar. Ana María pensó que su hija seguía durmiendo profundamente a su lado.
Ante la sospecha de un intruso, ella tomó un revólver calibre 38. Este era un arma con tenencia y portación totalmente al día. La mujer se ocultó detrás de la puerta de su pieza para esperar al extraño. Ella deseaba repeler a la persona que supuestamente había ingresado a su hogar. Cuando la figura entró a la habitación, Ana María apretó el gatillo sin dudar. Quien recibió el impacto solo pudo gritar una palabra desgarradora: ¡Mamá!
Inmediatamente después del disparo, Ana María encendió la luz de la habitación. En ese momento, ella se percató del error terrible que había cometido. La persona herida era su propia hija y no un delincuente peligroso. Su hermano, también bombero, asistió a la joven de forma urgente. Luego, la trasladaron rápidamente hasta el Hospital General de San Lorenzo, conocido como Calle’i. Allí, los médicos de guardia confirmaron el fallecimiento de la estudiante universitaria.
El fiscal Hugo Marcelo Pérez inició la investigación de oficio por homicidio culposo. La mujer se mostró colaborativa con las autoridades desde el primer momento del proceso. Además, ella entregó voluntariamente el arma utilizada en el trágico suceso. Sus hijos también prestaron declaración y apoyaron la versión de su madre. La fiscalía realizó todas las diligencias necesarias para esclarecer los hechos ocurridos. El Ministerio Público analizó cada detalle de aquella noche en Capiatá.
Durante su declaración ante la fiscalía, Ana María expresó su profundo dolor. Ella manifestó que se siente como una persona muerta en vida desde entonces. Sus abogados le sugirieron guardar silencio, pero ella decidió hablar con sinceridad. El fiscal Pérez relató que la mujer solo deseaba darle sepultura a su hija. La familia se había radicado en Paraguay proveniente de Brasil hace varios años. Ellos poseen un negocio estable y no contaban con antecedentes policiales previos.
La autopsia determinó que la causa de muerte fue un shock hipovolémico. El proyectil calibre 38 ingresó en la zona del tórax de la joven. El disparo perforó uno de sus pulmones antes de salir de su cuerpo. Durante la investigación, se descartó cualquier antecedente de violencia doméstica entre ellas. La evaluación psiquiátrica de la madre tampoco arrojó resultados negativos o preocupantes. El informe forense confirmó que fue un único disparo realizado a corta distancia.
El fallo es considerado inédito en la jurisprudencia nacional paraguaya. Es la primera vez que se aplica directamente el artículo 22 del Código Penal. El fiscal explicó que la mujer actuó bajo una representación errónea de la realidad. Ella creyó que estaba ejerciendo su derecho a la legítima defensa domiciliaria. El hecho fue declarado típico y antijurídico, pero no hubo reprochabilidad penal. Por lo tanto, la justicia decidió que Ana María no debe recibir una sanción.
Fuente: ABC Color
Esta web usa cookies.