Entidad Binacional Yacyretá (EBY) Foto: x.com/ebypy.
La Entidad Binacional Yacyretá (EBY) rechazó brindar información sobre sus funcionarios y salarios, pese a una solicitud formal amparada en la Ley 5282/14. El pedido fue realizado a través del Portal Unificado de Información Pública, en medio de cuestionamientos sobre el manejo de recursos en la hidroeléctrica.
El requerimiento, identificado como solicitud #102214, fue presentado el 27 de abril por un usuario anónimo. En él se solicitaba la nómina de funcionarios, detallando cargos, dependencias administrativas y remuneraciones. Sin embargo, la respuesta de Yacyretá llegó al día siguiente con un contenido considerado evasivo.
Según el documento remitido, la Oficina de Acceso a la Información Pública de la EBY instó al solicitante a ajustarse a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 5282/14. La respuesta fue atribuida al funcionario Carlos Daniel Vera Mongelós, sin brindar los datos requeridos.
Ante esta situación, el usuario presentó un pedido de reconsideración, señalando que la respuesta no cumple con el derecho de acceso efectivo a la información pública. En su planteamiento, advirtió que podría recurrir a instancias administrativas y judiciales si persiste la negativa.
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El solicitante sostuvo que una respuesta incompleta, evasiva o meramente formal vulnera derechos constitucionales. En ese sentido, remarcó que la ley obliga a las entidades binacionales a garantizar el acceso a la información, conforme al artículo 28 de la Constitución Nacional.
El caso se da en un contexto de cuestionamientos tras una investigación que reveló que cerca de 100 funcionarios de la EBY perciben salarios superiores al del presidente Santiago Peña. Entre ellos, el director paraguayo con ingresos que superan los G. 126 millones mensuales.
Además, la abogada Cecilia Pérez afirmó que el Ministerio de Economía y Finanzas debe aplicar sanciones por incumplimientos en materia de transparencia. Recordó una multa cercana a G. 120 millones impuesta en 2023, aunque indicó que no se conoce si fue efectivamente aplicada.
Fuente: ÚH
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