Erico Galeano Foto: GUSTAVO MACHADO.
El Tribunal de Apelaciones ratificó la sentencia contra Erico Galeano, confirmando la condena de 13 años de prisión por lavado de dinero y asociación criminal. La resolución fue adoptada por unanimidad por la Segunda Sala especializada en delitos económicos, crimen organizado y anticorrupción.
La condena a Erico Galeano se vincula a hechos relacionados con el narcotráfico, específicamente por sus nexos con el uruguayo Sebastián Marset y Miguel Ángel Insfrán, conocido como “Tío Rico”. El fallo original había sido dictado el 4 de marzo de 2026 por un Tribunal de Sentencia.
Semanas después, el 21 de marzo, la defensa del senador con permiso presentó un recurso de apelación. En su planteamiento, cuestionó la interpretación de los hechos durante el juicio oral y argumentó que no se realizó una revisión efectiva del caso.
El Tribunal de Apelación resolvió confirmar la sentencia definitiva N.º 68, manteniendo el fallo original. La decisión se basó en el análisis de los fundamentos ya expuestos en la resolución del Tribunal de Sentencia.
La causa contra Erico Galeano se originó en el marco del operativo A Ultranza Py. Durante el proceso judicial, los jueces concluyeron que el acusado recibió dinero proveniente de actividades ilícitas.
Además, determinaron que esos fondos fueron utilizados para obtener beneficios económicos y comerciales, incluyendo operaciones vinculadas al club Deportivo Capiatá, donde Galeano se desempeñó como presidente.
En la sentencia se destacó la venta de una residencia ubicada en Altos. Según el fallo, la transacción se realizó mediante un contrato privado, evitando mecanismos formales de control.
Los magistrados también señalaron que el pago se efectuó en efectivo durante la pandemia del Covid-19. Posteriormente, la transferencia formal de la propiedad se concretó el 9 de noviembre de 2021.
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Con esta resolución, la condena contra Erico Galeano queda firme en segunda instancia, mientras se mantienen los fundamentos que sustentaron la decisión inicial del Tribunal de Sentencia.
Fuente: ÚH
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