Abuela irá a juicio por prestación alimentaria

Una abuela irá a juicio por prestación alimentaria de sus nietos, tras una decisión del Tribunal de Apelación de la Niñez de Asunción. El caso involucra a tres menores y a un padre que no habría cumplido con la pensión fijada por la Justicia. La madre recurrió a la vía judicial para asegurar la asistencia económica.

El padre de los niños es abogado y cumple arresto domiciliario, según el expediente. La causa señala que pagaba cuando quería y montos inferiores a los fijados por el juez. Además, sostuvo que no tenía ingresos fijos. Sin embargo, el expediente menciona ingresos cercanos a G. 17 millones mensuales.

La disputa por la prestación ronda los G. 5 millones. En 2024, el padre intentó reducir la cuota a G. 1.700.000. La madre se opuso y sostuvo que los gastos de los hijos llegan a casi G. 13 millones por mes. En el juicio también se debatió si el hombre podía trabajar desde su casa.

Abuela irá a juicio por prestación alimentaria

Los jueces analizaron la situación del padre y su arresto domiciliario. Señalaron que un abogado necesita salir, ver clientes y acudir a juzgados. Por eso, consideraron que esa condición limita su actividad profesional. Ante el incumplimiento, la madre pidió incluir en la demanda a la abuela paterna y a una tía de los niños.

La mujer invocó la Constitución Nacional. Citó el artículo 53, que establece el deber de los padres de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos menores. También mencionó el artículo 54, que obliga a la familia, la sociedad y el Estado a proteger a los niños contra el abandono y la desnutrición.

Tribunal incluyó a la abuela, no a la tía

El Tribunal de Apelación de la Niñez de Asunción estuvo integrado por Guillermo Trovato, Rosalba Garay y Gloria Benítez. Los camaristas resolvieron incluir a la abuela paterna en la demanda de prestación alimentaria. En cambio, rechazaron incorporar a la tía de los menores dentro del mismo proceso judicial.

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La jueza Pili Rodríguez explicó que estos casos suelen darse cuando el padre fallece o está incapacitado. En esas situaciones, la familia paterna puede quedar obligada a colaborar. Sin embargo, remarcó que este caso resulta distinto. La resolución apunta a que, si el padre no responde, la abuela deberá afrontar el juicio de asistencia alimentaria de parientes.

Fuente: Extra

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