Ratifican juicio a exjueza por regalar tierras protegidas

El Tribunal de Apelación Penal ratificó que la exjueza de primera instancia en lo Civil, Tania Irún, deberá afrontar un juicio oral y público. La resolución fue dictada de manera unánime por los camaristas Mario Camilo Torres, Paublino Escobar y José Agustín Fernández. Los magistrados admitieron el estudio del recurso planteado por la defensa, pero decidieron convalidar la elevación de la causa.

La decisión de la primera sala cobra una alta relevancia institucional en el ámbito judicial de la capital. La exmagistrada se encuentra procesada por el supuesto hecho punible de prevaricato durante el ejercicio de sus funciones anteriores. Tanto los agentes del Ministerio Público como los representantes de la querella adhesiva habían solicitado formalmente que la encausada sea sometida al correspondiente juicio de sentencia.

Los profesionales del derecho Gustavo González Planás, Rodrigo González Planás y Rodrigo González Masulli ejercieron la representación legal de la procesada. Los abogados defensores apelaron la resolución previa dictada por el juez Legal, quien interinaba el juzgado a cargo de Humberto Otazú. El equipo jurídico cuestionó el rechazo del sobreseimiento definitivo y denunció una supuesta falta de control formal sobre la acusación fiscal presentada.

¿Cuáles fueron los argumentos de la alzada penal?

Por otra parte, los miembros de la cámara indicaron que, al existir una apertura formal, resulta inadmisible dictar un sobreseimiento definitivo. Los camaristas explicaron que el magistrado de garantías ejerció correctamente un control de legalidad formal y suficiencia mínima sobre la acusación del Ministerio Público. «Dicho control no es irrestricto ni habilita un análisis propio del juicio oral, como pretende erróneamente la parte recurrente», señalaron los magistrados.

Asimismo, la máxima instancia de apelación confirmó que el juzgado de origen tenía las plenas potestades legales para dictar medidas cautelares. La defensa había reclamado la aplicación de estas restricciones procesales, argumentando que la afectada siempre se mantuvo sujeta al desarrollo de las etapas investigativas. Sin embargo, el tribunal desestimó la queja y convalidó la actuación del juzgado de crimen organizado.

¿Qué motivó el proceso por prevaricato?

Los antecedentes de la causa penal refieren que el 23 de noviembre del año 2018, la entonces magistrada dictó una polémica sentencia civil. El fallo judicial resolvió una demanda entablada por las firmas extranjeras Cusabo Limited y otras contra la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial.

Finalmente, la resolución admitió la entrega de unas 310.000 hectáreas ubicadas en zona de seguridad fronteriza. La Fiscalía sostiene que Irún omitió verificar las nacionalidades de los representantes de las empresas comerciales compradoras. De esta manera, la procesada violó las disposiciones expresas de la normativa de fronteras vigente, incurriendo en la conducta tipificada como prevaricato.

Fuente: ÚH

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