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Defensor disipa dudas sobre objeción de conciencia y multa a pagar

El defensor del Pueblo, Miguel Godoy, manifestó que aún falta pulir las sanciones que se aplicarán a los jóvenes que no realicen el Servicio Militar Obligatorio (SMO), contempladas en la Ley 4013/10, de la Objeción de Conciencia.

Foto Referencia: Ñandutí.

Según informó ABC Color, aquellos jóvenes que no están dispuestos a realizar el Servicio Militar Obligatorio, deberán declarar su condición y esperar la convocatoria para realizar el servicio substitutivo al cuartel.

Dentro de la ley se contempla que el servicio va a durar un mes y medio en las vacaciones como en la Cimefor, a favor de entidades de beneficencia sin fines de lucro y entidades del estado priorizando salud y educación  en tiempos de vacaciones”, aseguró Godoy a Radio 1000.

Para ello, los jóvenes de 18 a 26 años podrán llenar el formulario por internet o acudiendo a la Dirección de Objeción de Conciencia ubicada en Pdte. Franco 261, entre Chile y Nuestra Señora, en Asunción.

No obstante, quienes no están dispuesto a realizar el servicio sustitutivo, deberán abonar una multa que asciende los G. 400.000, incluso pueden ser impedidos a tener o renovar carnet de conducir, renovar pasaportes y acceder a cargos públicos.

Estas últimas puniciones, de no acceder a documentos personales y cargos públicos, que el jueves generaron el inmediato rechazo, aún están por definirse, aseguró Godoy a ABC Color.

Por otro lado, en comunicación con Radio 1000, Godoy refirió que las personas con discapacidad, los bomberos, guardabosques, voluntarios y los que se declararan insolventes están exentos de dichas disposiciones.

El reglamento sostiene que los jóvenes excluidos de la multa deberán demostrar que reciben “una remuneración mensual inferior a dos salarios mínimos para actividades diversas no especificadas”.

El cumplimiento de la normativa será controlado por la Defensoría del Pueblo, a través de la Dirección General de Objeción de Conciencia.

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