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Pareja se disolvió y piden cortar fecundación

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia decidió rechazar in límine la acción de inconstitucionalidad presentada para suspender el proceso de fecundación in vitro. La mujer continuará con el tratamiento, que está en su etapa final.

Fertilización in vitro. Foto: Clinica Cefer.

Los ministros Miryam Peña, Antonio Fretes y Gladys Bareiro de Módica resolvieron no hacer lugar a dicha acción al momento de la presentación, argumentando que no se observan indicios de arbitrariedad y que los agravios expuestos por el hombre no aparecen preliminarmente atendibles, más bien denotan un desacuerdo con la interpretación y el razonamiento judicial.

Así también los ministros de la máxima Instancia Judicial refieren que en este caso, no existe cosa juzgada material, requisito en principio, necesario para la admisión de la acción de inconstitucionalidad.

El hombre planteó la acción, debido a que los camaristas, Clara Estigarribia, Gloria Benítez y Silvio Rodríguez, resolvieron por unanimidad revocar el fallo de la jueza Edith Coronel, quien había rechazado el amparo promovido por la mujer, a quien le negaron continuar con el proceso iniciado.

Por su parte, el tribunal de apelación de la Adolescencia defendió el derecho a la vida y la concepción de la mujer, quien además, tiene 38 años y dos embarazos frustrados, por la vía natural.

El abogado Geza Poka, que representa a M.C., al apelar el fallo mencionó que debe prevalecer la vida humana como derecho fundamental y universal, por lo que pide que continúe el tratamiento médico.

Geza Poka, logró un fallo histórico, ya que no había una jurisprudencia anterior, es algo que no se había llevado a cabo nunca al Poder Judicial, informó Última Hora.