Nacionales

IRP: Ordenan retener salarios

En el marco de la ley de Impuesto a la Renta Personal (IRP), la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) ordena que los empleadores retengan hasta el 2% de los trabajadores que deban cumplir con el tributo.

Ministerio de Hacienda. Foto: Mercedes Toñanez/RDN.

En cumplimiento del Decreto N° 6.560/16, la Administración Tributaria emitió la Resolución General N° 119/17 por la cual reglamenta la retención del IRP, que regirá a partir del 1 de setiembre de este año, de acuerdo a la nota de prensa colgada en el portal de Hacienda.

La normativa establece que las empresas públicas, las sociedades, cooperativas, asociaciones, las empresas unipersonales de la categoría de grandes y medianos contribuyentes, y las demás entidades públicas o privadas cualesquiera sea su naturaleza, deberán retener el IRP a los contribuyentes de este impuesto cuando paguen:


La normativa señala también que no se efectuarán las retenciones sobre el aguinaldo; las jubilaciones, pensiones y haberes de retiro; las indemnizaciones, bonificaciones, viáticos; y otros conceptos citados específicamente en la resolución.

Los agentes de retención deberán emitir en forma virtual los comprobantes de retención mediante el Software Tesakã y los contribuyentes que fueron retenidos, podrán consultar a través del Sistema Marangatú que las retenciones fueron declaradas e ingresadas por sus agentes de retención.