El afectado es Andrés Zaracho González, exempleado del BCP, quien tomó un préstamo por valor de G. 172 millones en abril del año 2000. La Caja Bancaria posteriormente le inició una demanda judicial sobre el saldo de dicho préstamo por G. 167.497.648, suma que se ha incrementado significativamente al año 2014 alcanzando la suma de G. 785.913.862, de acuerdo a los datos a los cuales accedió este medio.
En el monto resultante se incluyeron intereses comunes, moratorios y punitorios, sobre los cuales se dio inicio al juicio ejecutivo.
Según se supo, Zaracho González no llegó a conocer el motivo por el cual dejó de cobrar sus haberes jubilatorios, tampoco fue informado fehacientemente si lo que dejó de percibir se aplicaba a la amortización de la deuda que reclamaba la Caja Bancaria.
En la propia carpeta judicial, en el estado de cuenta de la Caja, fechado el 1 de abril de 2016, se consigna que la deuda del hombre es de G. 171.712.908, y el domicilio del Sr. Zaracho es es Panambí Verá casi Darío Gómez Serrato, Nº 2845, de Lambaré (esta misma información sobre el domicilio consta en las liquidaciones de haberes jubilatorios que mensualmente emitía la Caja Bancaria).
Es importante señalar que el inmueble que la Caja Bancaria pretende llevar a remate se encuentra en un lugar y con valuación que supera ampliamente la suma reclamada por el ente.
Luego de un proceso judicial se llegó a una situación de remate de una propiedad de Zaracho, sin embargo este último inició una acción contra la Caja de Jubilaciones, resultando favorecido en primera instancia. El fallo fue confirmado ante una Apelación planteada por la Caja Bancaria.
El proceso determinó que el hombre fue notificado en una dirección que no le correspondía, en la localidad de Curuguaty, en el departamento de Canindeyú. Por lo mencionado era imposible que Zaracho esté al tanto de lo que estaba ocurriendo en su caso.
La Sentencia que favorece al Jubilado Bancario hace lugar al incidente de nulidad de actuaciones. También hace lugar al incidente de redargución de falsedad, declara la nulidad de las actuaciones realizadas en autos, anula y retrotrae el trámite de este Juicio hasta la providencia de fecha 14 de octubre de 2014.
Jubilados bancarios mencionaron a este medio que resulta llamativo que la institución jubilatoria se convierta en un instrumento que atenta contra los intereses de sus jubilados.