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Confirman la prisión del periodista Carlos Granada

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ratificó la prisión preventiva del comunicador Carlos Granada, quien está imputado por acoso sexual, coacción sexual y coacción.

Carlos Granada. Foto: Twitter Eranniñas.

La Sala Penal de la Corte, conformada por los ministros María Carolina Llanes Ocampos, Luis María Benítez Riera y Manuel Dejesús Ramírez Candia, ratificó la medida cautelar de prisión preventiva en la cárcel de Emboscada para el exgerente de Albavisión, Carlos Javier Granada Fernández de 53 años.

El abogado del periodista, Álvaro Arias, presentó un recurso extraordinario de casación ante la Corte, donde fue rechazado. Esto fue después de que el auxiliar de justicia haya recurrido la prisión de Granada ante la Cámara de Apelación, que también confirmó la prisión.

Con respecto a la casación, el ministro Benítez Riera, hizo especial hincapié en el artículo 477 del Código Procesal Penal (CPP) que establece: “Sólo podrá deducirse el recurso extraordinario de casación contra las sentencias definitivas del tribunal de apelaciones o contra aquellas decisiones de este tribunal que pongan fin al procedimiento, extingan la acción o la pena, o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.

La ministra Carolina Llanes, por su parte opinó que las resoluciones del Juzgado Penal de Garantías, que impone la prisión preventiva y la de la Cámara de Apelaciones, que confirma dicho auto interlocutorio, “no tiene el efecto, ni la virtualidad de poner fin al procedimiento”, que se establece como requisito en el artículo 477 del CPP.

Mientras que el ministro Ramírez, se adhirió a la opinión de la ministra Llanes, de acuerdo al informe de ABC.

Para el Ministerio Público y de acuerdo a su imputación, Granada se valió de su cargo de jerarquía para presuntamente someter a seis víctimas que estaban subordinadas a él.

La defensa de Granada había solicitado nuevamente la suspensión de la ejecución de la medida de prisión preventiva, que ya había sido rechazada el pasado 6 de enero.

El Tribunal se ratificó en la decisión tomada en aquella ocasión, opinando que el peligro de fuga u obstrucción de la investigación por parte de Granada, teniendo en cuenta “la posibilidad de que el imputado pueda influir (en las víctimas) o demás testigos”, se mantiene presente.

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