¿Estás en Informconf? Conocé tus derechos.

La Ley de protección de datos personales o de Informconf, promulgada en 2020, busca regular la actividad de recolección y el acceso a datos de información crediticia. En este contexto, es crucial que los ciudadanos cuyos nombres hayan sido incluidos en esta “lista negra” conozcan sus derechos y estén bien informados ante posibles irregularidades. Actualmente, el Banco Central del Paraguay (BCP) y la Superintendencia de Bancos se encuentran en proceso de socialización de un proyecto de normativa relacionado con la reglamentación de dicha ley.

Los burós crediticios han solicitado al BCP trabajar en conjunto para reglamentar esta normativa, destacando la novedad de que se incluirá la información positiva de los tomadores de crédito. El BCP ha publicado el proyecto de reglamentación en su sitio web, permitiendo al público en general, los burós de información crediticia y los usuarios de información crediticia remitir sus apreciaciones, comentarios o sugerencias desde el 26 de septiembre hasta el 5 de octubre de 2022, inclusive.

La Ley de protección de datos personales tiene como objetivo garantizar la protección de datos crediticios de toda persona, independientemente de su nacionalidad, residencia o domicilio. Además, busca regular la actividad de recolección y el acceso a datos de información crediticia, así como la constitución, organización, funcionamiento, derechos, obligaciones y extinción de las personas jurídicas dedicadas a la obtención y provisión de información crediticia, con el fin de preservar los derechos fundamentales, la intimidad, la autodeterminación informativa, la libertad, la seguridad y el trato justo de las personas.

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El proyecto de reglamentación en el que está trabajando el BCP establece que el titular de la información crediticia o su representante podrán acceder gratuitamente a la información registrada en las bases de datos administradas por los burós de información crediticia, solicitando su historial crediticio o reporte de crédito y el detalle de los destinatarios con los que fueron compartidos sus datos personales crediticios. La información deberá ser entregada en un plazo máximo de veinticuatro horas.

Para cumplir con estos requerimientos, los burós de información crediticia deberán constituir departamentos de atención a los titulares de la información, estableciendo los medios y procedimientos internos necesarios para brindar una atención eficiente, efectiva y oportuna a las solicitudes de actualización, rectificación, eliminación y portabilidad de datos personales crediticios que presenten los titulares de datos o las fuentes de información.

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Es importante destacar que, a finales de agosto de 2022, la Cámara de Diputados había aprobado un proyecto de resolución instando al BCP a dictar la reglamentación de la Ley 6534/2020 y difundir la fecha prevista de publicación de la norma reglamentaria, así como llevar a cabo acciones para la debida implementación de la ley. El exdiputado Sebastián García (PPQ), proyectista del documento, había cuestionado que el plazo para la reglamentación establecida en la Ley estaba por vencer y aún no se habían dado a conocer los avances al respecto.

Fuente: El Nacional

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