El juez Francisco Acevedo dispuso la prisión preventiva de Aldo Styven Pereira Saucedo, procesado por un hecho de presunta coacción sexual ocurrido en el Parque Guasu Metropolitano el 18 de agosto de 2023. La medida fue adoptada tras una resolución de la Cámara de Apelación que revocó el arresto domiciliario anteriormente otorgado por la jueza Diana Carvallo.
En su fallo, el tribunal de alzada ordenó una nueva calificación de los hechos atribuidos al acusado, señalando que no se trató solamente de coacción sexual, sino que se identificaron otros posibles delitos, entre ellos robo. La decisión judicial motivó una reevaluación del caso que terminó con la reclusión del imputado.
La causa inicialmente había sido caratulada por la Fiscalía como coacción sexual y violación. Sin embargo, en la audiencia preliminar, la jueza Carvallo otorgó medidas sustitutivas a la prisión, argumentando el cumplimiento de la pena mínima y otras condiciones favorables para el imputado. Esta medida fue objetada por el Ministerio Público, que solicitó la revisión del fallo.
La Cámara de Apelación, al revisar la actuación del juzgado de primera instancia, concluyó que los hechos descritos en el expediente podían configurarse no solo como agresión sexual, sino también como robo, lo cual modifica significativamente el perfil del proceso penal y las medidas a aplicar.
Según la denuncia, los hechos ocurrieron en agosto del año pasado en el Parque Guasu, uno de los espacios públicos más frecuentados del área metropolitana. La víctima relató haber sido abordada por el imputado en circunstancias en que realizaba actividad física, siendo luego coaccionada bajo amenazas. Las evidencias fueron recolectadas por la Fiscalía y presentadas durante la investigación preliminar.
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Pereira había sido beneficiado con arresto domiciliario tras la primera calificación judicial, lo que generó cuestionamientos tanto desde el Ministerio Público como desde sectores sociales, que exigieron mayor rigurosidad en el tratamiento de delitos sexuales.
Los camaristas sostuvieron que el caso no debía analizarse bajo parámetros mínimos de sanción, debido a la gravedad del comportamiento atribuido al imputado. Indicaron que los jueces deben valorar el impacto del hecho sobre la víctima, así como la necesidad de garantizar el desarrollo del proceso sin interferencias ni riesgos de fuga.
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En consecuencia, solicitaron al juzgado una nueva valoración que considerara los indicios sobre la participación de Pereira en hechos punibles adicionales, lo cual fue aceptado por el juez Acevedo, quien finalmente decretó la prisión preventiva en un establecimiento penitenciario.
A partir del nuevo fallo, Aldo Styven Pereira permanecerá privado de libertad mientras dure el proceso penal en su contra. La Fiscalía deberá presentar en las próximas semanas las pruebas complementarias para sustentar la acusación ante el tribunal, que podría conducir el caso a juicio oral si se mantiene la calificación actual.
Fuente: Megacadena







