El Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, confirmó la condena de 10 años de cárcel contra el comunicador Carlos Javier Granada Fernández. La decisión ratifica la sentencia dictada en noviembre de 2025 por un Tribunal de Sentencia.
La resolución fue adoptada mediante el Auto Interlocutorio N° 23. El fallo confirma la Sentencia Definitiva N° 613, que lo halló culpable de coacción, coacción sexual y acoso sexual contra funcionarias bajo su supervisión.
El tribunal de alzada estuvo integrado por los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y María Belén Agüero. Los tres coincidieron en que la sentencia original cumple con los requisitos legales y no presenta vicios que justifiquen su anulación.
¿Qué resolvió la Cámara sobre la condena?
El camarista Agustín Lovera Cañete, quien actuó como preopinante, sostuvo que no se detectaron irregularidades en el proceso. “No vemos que la Sentencia del inferior adolezca de ninguno de los vicios enumerados”, expresó.
Además, señaló que no se configuran causales de nulidad conforme al Código Procesal Penal. En consecuencia, concluyó que la sentencia “goza de validez plena” y corresponde confirmarla en todos sus términos.
Sus colegas José Waldir Servín y María Belén Agüero se adhirieron a este criterio. De esta manera, quedó firme la condena impuesta por el Tribunal de Sentencia integrado por Laura Ocampo, Cándida Fleitas y Juan Pablo Mendoza.
#Judiciales | ⚖️ Un Tribunal de Apelación Penal ratificó la pena de 10 años de cárcel para el periodista Carlos Granada por los hechos punibles de acoso sexual, coacción y coacción sexual.
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— Radio Ñandutí (@nanduti) March 24, 2026
¿Qué pasa con la situación del condenado?
Pese a la confirmación de la pena, la Cámara dispuso dejar sin efecto puntos vinculados a la prisión preventiva. Esto implica que el condenado continuará con libertad ambulatoria, medida ya vigente desde el 10 de marzo.
La defensa de Granada, ejercida por Álvaro Arias y Paola Villalba, había apelado la sentencia. Sin embargo, el tribunal rechazó los argumentos presentados y mantuvo el fallo condenatorio.
El caso se refiere a hechos denunciados por funcionarias del Grupo Albavisión (SNT). Las víctimas estaban bajo la supervisión directa del acusado en el ámbito laboral.
Con esta resolución, el proceso judicial alcanza una nueva instancia, con la confirmación de la responsabilidad penal. La decisión refuerza lo resuelto en el juicio oral y público realizado en 2025.
Fuente: ABC Color







