Foto: Renato Delgado.
La Municipalidad de Asunción habilitó un régimen especial de exoneración del 100% de recargos financieros, intereses y multas por mora para tributos municipales vencidos. La medida fue establecida mediante la Resolución N° 412/2026 y estará vigente hasta el próximo 31 de mayo.
El beneficio busca facilitar la regularización de deudas tributarias y alcanzar a contribuyentes con obligaciones pendientes en distintos conceptos municipales. La exoneración incluye impuestos inmobiliarios, tasas de limpieza y recolección de residuos, patente comercial y profesional, cánones por usufructo de cementerios y contribución por conservación de pavimento.
Según lo dispuesto por la comuna, el descuento se aplicará únicamente a quienes realicen el pago al contado o cancelen la totalidad de la deuda pendiente. La municipalidad aclaró además que algunos conceptos quedan excluidos de este régimen especial.
La resolución establece que las multas de tránsito no forman parte del beneficio, así como las sanciones por falta de presentación de planos y las infracciones vinculadas a normas ambientales y sanitarias.
La comuna también recordó que el periodo de gracia tiene carácter temporal y finalizará el 31 de mayo de 2026. Por ello, instó a los contribuyentes a acercarse a las bocas de cobranza habilitadas o utilizar las plataformas digitales disponibles para evitar recargos futuros.
Los pagos pueden realizarse de forma presencial en el Palacio Municipal, ubicado sobre la avenida Mariscal López y Capitán Bueno, además de los centros municipales N° 1 Itá Ybaté, N° 2 Oñondivepa, N° 3 Jovellanos y N° 5 Koeti. También están habilitados los talleres de Inspección Técnica Vehicular y las redes Infonet, Practipago y Pago Móvil.
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La municipalidad informó además que el trámite puede hacerse en línea a través del portal oficial www.asuncion.gov.py, en la sección de pagos online. Los horarios de atención presencial son de lunes a viernes de 07:30 a 16:00 y los sábados de 08:00 a 11:30. Para acceder al beneficio, se debe presentar la cédula de identidad del titular y contar con el número de factura anterior o la cuenta corriente catastral.
Fuente: ABC Color
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