Judiciales

Otro error judicial le costará millones al Estado

Clementina Ruiz Díaz estuvo 2 años, 9 meses y 7 días en el Buen Pastor. Apelación ratificó indemnización y rechazó el planteo estatal en el caso civil judicial.

Docente Clementina Ruiz Díaz, al momento de su detención en Carapeguá, tras la muerte de su pequeño hijo. Años después, fue absuelta de culpa y reproche. Foto. Gentileza.

El error judicial en perjuicio de la docente Clementina Ruiz Díaz Ojeda derivó en una nueva condena contra el Estado. El Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Tercera Sala, confirmó una indemnización de G. 853.112.437, más intereses, por los daños sufridos tras casi tres años de prisión.

Ruiz Díaz estuvo recluida en el penal del Buen Pastor durante 2 años, 9 meses y 7 días, entre el 25 de octubre de 2013 y el 1 de agosto de 2016. Había sido acusada por la muerte de su hijo recién nacido en Carapeguá, pero luego fue absuelta de culpa y reproche en juicio oral.

La causa penal se inició en 2013, cuando el fiscal Darío Villagra la imputó por homicidio doloso y pidió su prisión preventiva. Según la acusación, la docente habría matado a su hijo y enterrado el cuerpo en la huerta de su casa, ubicada en la compañía Pacheco.

Error judicial confirmado por Apelación

El juicio oral se realizó el 1 de agosto de 2016. Los jueces absolvieron a Ruiz Díaz y el fallo mencionó un error material del fiscal y del juez. La resolución señaló que no se observó el informe del médico forense, que advertía que no podía realizarse la autopsia por el avanzado estado de putrefacción del cuerpo.

Tras quedar firme la absolución, la docente promovió una demanda contra el Estado el 26 de julio de 2018. Reclamó indemnización por daños y perjuicios, debido a la actuación de funcionarios públicos. En total, pidió G. 1.627.091.250, por salarios caídos y daño moral.

Indemnización, intereses y voto dividido

El juez civil Diego Alejandro Torres Sandoval hizo lugar parcialmente a la demanda. Reconoció G. 94.122.437 por lucro cesante y G. 759.000.000 por daño moral. Ese monto fue calculado en razón de G. 750.000 por cada uno de los 1.012 días de prisión.

La Procuraduría General de la República pidió rechazar la acción, al sostener que no se acreditó responsabilidad estatal. Sin embargo, los camaristas Juan Carlos Paredes y Arnaldo Martínez Rossano votaron por confirmar la condena. La camarista Antonia López de Gómez propuso reducir el monto a G. 444.122.437, más intereses. Finalmente, la mayoría ratificó el pago de G. 853.112.437, con interés mensual del 2,3% desde el inicio de la demanda.

Fuente: ÚH