Prohibición de celulares en escuelas queda sancionada hoy

La medida abarca instituciones públicas y privadas, pero permite excepciones pedagógicas, de salud y ante emergencias.

El proyecto que establece la prohibición de celulares en escuelas y colegios queda sancionado automáticamente este viernes 25 de septiembre.

La iniciativa abarca instituciones públicas y privadas e incluye a estudiantes, docentes y otros integrantes de la comunidad educativa. Tras este paso, el texto será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o eventual veto.

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La normativa alcanza a la educación inicial, escolar básica y media, pero no a estudiantes universitarios. Además, la restricción no se limita a las clases. También comprende recreos y descansos entre clases. El texto aprobado por el Senado había regresado a Diputados, donde no fue tratado el martes 22. El registro oficial de la Cámara Baja confirma que quedó como “no tratado”.

La versión del Senado amplió el alcance de la medida a quienes acompañan y forman parte de los procesos educativos. Esto incluye a docentes, coordinadores, directores y otros trabajadores, de acuerdo con sus funciones. Durante el tratamiento legislativo ya se había cuestionado que la disposición alcanzara también a maestros y funcionarios.

Prohibición de celulares contempla varias excepciones

El proyecto permite utilizar dispositivos electrónicos ante situaciones de peligro, necesidad o fuerza mayor. También contempla excepciones relacionadas con necesidades educativas especiales, discapacidades documentadas o condiciones de salud acreditadas. A esto se suma el uso con fines pedagógicos o didácticos bajo orientación directa de profesionales de la educación.

De esta manera, la restricción no supone una prohibición absoluta de los dispositivos dentro de las instituciones. El propio proceso legislativo contempló actividades pedagógicas, situaciones de accesibilidad, inclusión y salud entre las excepciones para su utilización.

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El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) será la autoridad encargada de controlar el cumplimiento. La normativa le permite realizar auditorías, fiscalizaciones e inspecciones. A su vez, cada institución educativa tendrá la responsabilidad de adoptar las medidas necesarias para aplicar las disposiciones.

¿Qué sanciones establece la normativa?

Para educadores de instituciones públicas y subvencionadas, los incumplimientos estarán sujetos al Estatuto del Educador. Según el material legislativo, las medidas pueden incluir suspensión sin goce de sueldo, traslado a un cargo inferior o destitución, dependiendo del caso. Para instituciones privadas se establecen faltas leves y graves.

Los establecimientos también podrán recibir un apercibimiento para adecuarse a las disposiciones. En determinados incumplimientos, las multas pueden llegar hasta 50 jornales mínimos, equivalentes actualmente a G. 5.853.850. La restricción comenzará a aplicarse desde la promulgación de la ley. El Ejecutivo podrá promulgarla o vetarla, mientras un eventual veto parcial devolverá el proyecto al Congreso para continuar su trámite constitucional.

Fuente: ABC Color

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