La jueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Karen González Orrego, anunció públicamente su candidatura para integrar el Consejo de la Magistratura durante el periodo 2025-2028, buscando representar al estamento docente de las universidades públicas. Esta postulación ha generado controversia al contravenir directamente lo establecido en la Constitución Nacional paraguaya.
El artículo 254 de la Carta Magna establece con claridad que “los magistrados no pueden ejercer, mientras duren en sus funciones, otro cargo público o privado, remunerado o no, salvo la docencia o la investigación científica, a tiempo parcial”. Esta disposición constitucional prohíbe expresamente que magistrados en ejercicio ocupen otros cargos públicos como el que pretende asumir González Orrego.
La situación adquiere mayor relevancia considerando que González Orrego es esposa de Jorge Bogarín Alfonso, quien fue designado como “significativamente corrupto” por el Gobierno de los Estados Unidos en el marco de sus sanciones contra funcionarios involucrados en casos de corrupción. Esta vinculación genera preocupaciones adicionales sobre la transparencia e independencia que podría tener su gestión.
Paralelamente, Jorge Bogarín Alfonso también se encuentra en campaña electoral, buscando ser electo como representante no docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción. Esta coincidencia ha despertado alarmas sobre un posible intento de concentración de influencia familiar en órganos claves del sistema judicial paraguayo.
El Consejo de la Magistratura cumple una función fundamental en el sistema judicial, siendo responsable de proponer las ternas de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, así como para designar jueces y fiscales. Su independencia resulta crucial para garantizar la separación de poderes y el correcto funcionamiento del Estado de Derecho.
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Especialistas en derecho constitucional han señalado que la postulación de González Orrego representa un claro desafío a las normas establecidas y podría sentar un peligroso precedente si se permitiera su candidatura. La interpretación del artículo 254 no admite ambigüedades y busca precisamente evitar la concentración de poder y potenciales conflictos de interés.
Este tipo de situaciones pone en evidencia los desafíos persistentes en la consolidación de un sistema judicial verdaderamente independiente en Paraguay, donde el respeto irrestricto a las normas constitucionales debe prevalecer sobre intereses particulares o familiares que buscan concentrar influencia en órganos claves para la administración de justicia.
Fuente: ABC Color







