El Tribunal de Sentencia declaró la culpabilidad del músico Pablo Benegas por abuso sexual de una niña de 11 años ocurrido en noviembre de 2023. El colegiado también determinó que el acusado produjo pornografía infantil al filmar las partes íntimas de la víctima. Sin embargo, el artista fue absuelto por duda de los hechos de proxenetismo y coacción sexual.
La jueza Lourdes Garcete, quien preside el tribunal integrado por Juan Ortiz y Rossana Maldonado, explicó que en esta etapa del juzgamiento la fiscal Claudia Aguilera probó los hechos. El abuso sexual y la producción de pornografía infantil fueron cometidos entre el 9 y 10 de noviembre de 2023. La resolución fue emitida al finalizar la primera parte del juicio oral.
Con relación a la niña de 15 años, hermana de la víctima, el colegiado concluyó que en su caso no se puede hablar de abuso sexual en niños. El Código Penal establece que el hecho se tipifica cuando es cometido contra menores de 14 años. Esta distinción legal fue fundamental para la decisión del tribunal sobre este punto específico.
Los jueces expresaron dudas sobre si Benegas drogó a las hermanas para luego abusar de ellas. Las niñas de 11 y 15 años salieron de la casa del acusado la noche del 9 de noviembre y fueron a la Chacarita. Allí compartieron con su madre, una persona adicta, y otra gente dedicada al tráfico de estupefacientes según lo resaltado por Garcete.
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La presidenta del tribunal remarcó que Pablo Benegas aprovechó la situación de vulnerabilidad de las niñas. El acusado las llevó hasta su casa el 9 de noviembre alrededor del mediodía. Las hermanas se ducharon, Benegas les dio de comer y obligó a la mayor a ponerse una vestimenta de connotación sexual, alegando que esto le excitaba.
En el caso de la niña de 11 años, para el tribunal quedó probado que Pablo Benegas le exigió en tres ocasiones que se ponga una vestimenta de colegiala. La menor se negó a cambiarse de ropa. Posteriormente el músico aprovechó que ambas niñas se durmieron para cambiarle la ropa a la menor de 11 años.
Benegas acostó a la niña en el sofá con la ropa levantada y le filmó la parte de los glúteos. El acusado acercó la cámara de su celular a las partes íntimas de la menor según lo detallado por el tribunal. Este material constituye pornografía infantil conforme a la legislación penal vigente.
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El tribunal declaró la absolución del acusado del hecho punible de proxenetismo. La niña de 15 años ya era víctima de explotación sexual antes de los hechos investigados. El colegiado concluyó que no se puede afirmar que Pablo Benegas haya obligado a la misma a prostituirse. También fue absuelto de coacción sexual por no quedar probado que haya drogado a las niñas. Los años de condena serán analizados el miércoles 15 de octubre desde las 8:30 horas.
Fuente: ABC Color







