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Hijas de diputado liberal evitan juicio al devolver G. 67 millones

Las hijas del diputado liberal Cleto Giménez deberán devolver G. 67.300.000 a la Cámara de Diputados y donar un monto equivalente como reparación para evitar ir a juicio.

Diputado Cleto Giménez, Danna y Johanna Giménez (extremos). PDS

Las dos hijas del diputado liberal Cleto Giménez, Danna Marcela (20) y Johana Denisse Giménez Rotela (23), lograron evitar enfrentar un juicio oral y público tras alcanzar un acuerdo con la Fiscalía que les permitirá subsanar el daño causado al Estado mediante la devolución de los montos indebidamente percibidos y la realización de donaciones benéficas. La decisión, tomada este martes durante la audiencia preliminar, representa un giro significativo en el único caso de nepobabies que ha llegado a instancias judiciales.

Los fiscales de Delitos Económicos y Anticorrupción, Jorge Arce y Francisco Cabrera, habían inicialmente solicitado juicio oral para ambas jóvenes, acusadas del delito de cobro indebido de honorarios. Sin embargo, ante la propuesta de las defensas para aplicar una salida alternativa —específicamente la suspensión condicional del procedimiento—, el Ministerio Público decidió allanarse a dicho planteamiento.

Condiciones de la suspensión del proceso judicial

El juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos, Humberto Otazú, quien entiende la causa, fundamentó su decisión en varios factores atenuantes. Teniendo en cuenta que las encausadas son jóvenes universitarias y no cuentan con antecedentes, además se han sometido al proceso y asistieron a la primera convocatoria, nunca plantearon incidentes, es que se arribó a esta decisión, explicó el magistrado.

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Las condiciones establecidas por el juzgado son claras y específicas. Danna Marcela deberá devolver G. 47.600.000 a la Cámara de Diputados, mientras que su hermana Johana Denisse restituirá G. 19.700.000, sumando un total de G. 67.300.000. Adicionalmente, cada una deberá realizar donaciones por el mismo monto a instituciones benéficas, como forma de reparación del daño causado.

Estas obligaciones económicas serán cumplidas mediante un sistema de pago fraccionado en 12 cuotas, periodo durante el cual ambas permanecerán sometidas al proceso judicial. Además de las disposiciones económicas, el juez Otazú dictaminó restricciones adicionales, prohibiéndoles salir del país, cambiar de domicilio o modificar su número telefónico sin previa autorización judicial.

Es relevante señalar que durante la audiencia participó también un representante de la Procuraduría General de la República (PGR), quien solicitó la cesión de derechos para, eventualmente, iniciar una acción civil en caso de que las sanciones impuestas no satisfagan las expectativas en representación del Estado paraguayo.

Irregularidades documentadas en la contratación y asistencia

La acusación fiscal presenta un detallado recuento de las irregularidades cometidas. Según consta en el expediente, Danna Giménez fue contratada el 24 de julio de 2024 por la Cámara de Diputados, entonces presidida por Raúl Luis Latorre Martínez, como auxiliar administrativo, con un salario mensual de G. 3.300.000. El contrato tenía efecto retroactivo desde el 1 de julio de 2023.

La joven fue asignada al despacho de su propio padre, el diputado Cleto Marcelino Giménez Giménez, con un horario laboral establecido de 7:00 a 13:00, de lunes a viernes, desempeñándose como asistente. Sin embargo, la investigación reveló que durante todo el mes de julio de 2023, Danna no registró su asistencia, justificando su ausencia con el Formulario F-4 – RR.HH Comisión de Servicios para los 21 días hábiles comprendidos entre el 3 y el 31 de julio.

Las justificaciones presentadas indicaban supuestas gestiones en la Contraloría, el Poder Judicial y la SENADIS (Secretaría Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad). No obstante, las verificaciones realizadas demostraron que dichas actividades nunca se llevaron a cabo, a pesar de lo cual Danna percibió íntegramente su salario.

Esta práctica se repitió en los meses sucesivos. En agosto, la acusada solamente registró su presencia durante seis minutos el día 9, y justificó su ausencia durante los restantes 22 días laborales mediante el mismo mecanismo, cobrando nuevamente su salario completo a pesar de no haber asistido a las entidades mencionadas en sus justificativos.

Ascenso y continuidad de las irregularidades

Lejos de corregirse, la situación se agravó cuando el presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, firmó la Resolución Administrativa N° 560 del 22 de septiembre de 2023, mediante la cual nombró a Danna Giménez como personal permanente de la institución, con efecto retroactivo al 1 de septiembre. Este nombramiento implicó un significativo aumento salarial, pasando a percibir G. 7.700.000 mensuales, y manteniéndola asignada al despacho de su padre.

Tras este nombramiento, la conducta irregular persistió. Entre septiembre y diciembre de 2023, Danna no registró asistencia en ninguno de los días laborables, presentando reiteradamente formularios F-4 con supuestas comisiones de servicios a entidades como SENADIS, INDERT (Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra), Identificaciones, IPS Central (Instituto de Previsión Social) y MOPC (Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones). Las verificaciones posteriores confirmaron que tampoco acudió a estos organismos, a pesar de lo cual percibió íntegramente su salario mensual de G. 7.700.000.

Para diciembre de 2023, la situación se tornó aún más irregular, ya que además de su salario habitual, Danna recibió G. 2.566.660 en concepto de aguinaldo, suma que incluía un adicional de G. 550.000 por jornales. A principios de 2024, mediante la Resolución N° 1.300 del 3 de enero, Raúl Latorre dispuso el traslado temporal de Danna a la Municipalidad de Yasy Cañy, efectivo desde el 2 de ese mes hasta el 31 de diciembre de 2024.

Durante enero y febrero de 2024, según las planillas remitidas a la Cámara de Diputados, Danna supuestamente registró puntualmente su entrada y salida en el horario establecido, lo que le permitió percibir G. 15.400.000 por esos dos meses. Sin embargo, nuevamente se verificó que no cumplió efectivamente con sus funciones. En total, entre julio de 2023 y febrero de 2024, Danna Maricela Giménez Rotela cobró indebidamente G. 55.916.660.

Patrón replicado por la hermana mayor

La investigación fiscal revela que Johana Giménez, la hermana mayor, replicó exactamente el mismo patrón de conducta. Contratada también el 24 de julio de 2024 como auxiliar administrativa con un salario mensual de G. 3.300.000, fue igualmente asignada al despacho de su padre. Su contrato tenía validez desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2023.

Juez Humberto Otazú. Foto: El Observador.

Entre julio y diciembre de 2023, Johana tampoco registró asistencias a su puesto laboral, justificando sus ausencias mediante formularios F-4 de Comisión de Servicios a instituciones públicas que, según se comprobó posteriormente, nunca visitó. A pesar de ello, percibió íntegramente sus salarios mensuales, cobrando indebidamente un total de G. 21.450.000 durante ese periodo.

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La acusación fiscal destaca el papel facilitador del diputado Cleto Giménez en este esquema, quien posibilitó que sus hijas perciban íntegramente sus remuneraciones, con su rúbrica en los formularios internos F-04-RR.HH de ‘Comisión de Servicios’, como superior jerárquico. Los fiscales añaden que en dichos formularios se describieron de manera genérica las supuestas gestiones realizadas ante Instituciones Públicas, cuando estos permisos debían ser de carácter excepcional y aplicables solamente para tareas específicas, debiendo consignarse el día, la hora y el motivo.

La resolución de este caso mediante una salida alternativa al juicio oral plantea importantes interrogantes sobre la efectividad del sistema judicial paraguayo frente a casos de corrupción que involucran a familiares de políticos. Si bien las acusadas deberán restituir los montos indebidamente percibidos y realizar donaciones equivalentes, queda abierta la discusión sobre si estas medidas representan una sanción proporcional al daño causado a la confianza pública y a la institucionalidad del Estado paraguayo.

Fuente: ABC Color