La jueza de Ejecución María Lidia Wyder emitió este lunes una orden de captura contra Roberto Cárdenas, exintendente de Lambaré por la Asociación Nacional Republicana (ANR), para que cumpla la condena de ocho años de prisión que le fue impuesta por el delito de lesión de confianza. Esta decisión judicial llega después de que se agotaran las instancias recursivas que el exjefe comunal había interpuesto para evitar su encarcelamiento. La magistrada dispuso que, una vez aprehendido, Cárdenas sea remitido a un centro penitenciario donde deberá cumplir la totalidad de la pena establecida por el Tribunal de Sentencia en 2021. Esta resolución marca un hito en el caso que se inició hace varios años y que involucra uno de los casos más significativos de corrupción municipal en la historia reciente del departamento Central.
El caso que derivó en la condena se relaciona con la sobrefacturación en la construcción de aulas en 15 instituciones educativas durante la gestión de Cárdenas al frente de la Municipalidad de Lambaré. El esquema fraudulento, descubierto en 2016, generó un perjuicio patrimonial cuantificado por la Fiscalía en G. 859.559.192. Este monto corresponde a recursos transferidos a la Municipalidad en concepto de royalties provenientes de la Itaipú Binacional, fondos que estaban específicamente destinados al mejoramiento de la infraestructura educativa en la ciudad. El 23 de diciembre de 2021, tras un extenso proceso judicial, el Tribunal de Sentencia determinó la culpabilidad de Cárdenas por los delitos de lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción, estableciendo la pena de ocho años de reclusión, que ahora deberá cumplir efectivamente.
En un intento por evitar la ejecución de la condena, los abogados defensores de Roberto Cárdenas presentaron diversos recursos ante instancias superiores. En noviembre del año pasado, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de aclaratoria que había sido interpuesto por la defensa del exintendente. En dicho planteo, los representantes legales argumentaron la existencia de una “omisión y expresión oscura sobre la pretensión deducida por esta parte ‘extinción de la acción’, garantía constitucional de la defensa en juicio y el debido proceso”. Este recurso representaba una de las últimas estrategias legales disponibles para el condenado, cuyo rechazo allanó el camino para la orden de captura emitida ahora por la jueza Wyder.
El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos, en su análisis del recurso de aclaratoria, determinó que la resolución cuestionada por Cárdenas “no padece de ningún error material, expresión oscura u omisión que pudiesen ameritar una aclaratoria”. En su fundamentación, el ministro explicó que la competencia de la Sala Constitucional se limita a la “corrección y verificación de la constitucionalidad o no de un acto normativo o jurisdiccional en concreto”, sin poder extralimitarse en sus atribuciones. Esta postura fue respaldada por los demás integrantes del colegiado, César Diésel y Gustavo Santander, quienes se adhirieron al voto del ministro Ríos, consolidando así la posición institucional de la máxima instancia judicial del país respecto a la validez de la condena impuesta al exintendente de Lambaré.
Leé más: Roberto Cárdenas recibe dos años de cárcel por desvío millonario
El caso adquiere particular relevancia considerando la naturaleza de los fondos malversados. Los G. 859 millones que constituyeron el perjuicio patrimonial provenían específicamente de royalties de la Itaipú Binacional, recursos que por ley deben destinarse a inversiones en infraestructura y desarrollo. En este caso, el dinero estaba asignado al mejoramiento de instituciones educativas, un área prioritaria para el desarrollo social de la comunidad. La sobrefacturación en la construcción de aulas no solo representó un delito contra el patrimonio municipal, sino que afectó directamente las condiciones educativas de numerosos estudiantes de Lambaré, quienes no pudieron beneficiarse de infraestructura adecuada debido al desvío de los fondos originalmente presupuestados para ese fin. Este aspecto subraya la gravedad del delito más allá de su dimensión económica, resaltando su impacto social.
Unite a nuestro canal de WhatsApp
La orden de captura contra Roberto Cárdenas establece un precedente significativo en el ámbito de la administración pública municipal. El caso demuestra que las conductas delictivas en la gestión de recursos públicos, particularmente aquellos destinados a áreas sensibles como la educación, pueden derivar en condenas efectivas de prisión para los responsables, independientemente de su posición política.
Fuente: Última Hora