Nacionales

IPS y hospitales públicos: Derechos de atención médica

Los asegurados del IPS tienen derecho constitucional a atención en hospitales públicos, aunque la práctica revela obstáculos que requieren denuncia y fiscalización.

Una embarazada denunció que se negaron a hacerle la césarea en el Hospital de Santa Rita por tener seguro del IPS. Foto: Gentileza.

La Constitución Nacional del Paraguay establece en su artículo 68 que el Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Este precepto constitucional garantiza que nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, independientemente de su condición de asegurado en el Instituto de Previsión Social.

El doctor Federico Schrodel, director de la Décima Región Sanitaria, confirma que todos los pacientes que acuden a establecimientos del Ministerio de Salud Pública deben recibir atención obligatoriamente.

La normativa constitucional no establece restricciones para el acceso a servicios de salud pública basadas en la tenencia de seguros médicos privados o públicos. Los funcionarios del Ministerio de Salud Pública que nieguen atención a pacientes asegurados del IPS incumplen disposiciones constitucionales y pueden enfrentar investigaciones administrativas. El incumplimiento de esta obligación constitucional puede derivar en sumarios disciplinarios para los responsables de negar la atención médica requerida.

Divergencias entre teoría y práctica hospitalaria

Los testimonios de pacientes asegurados del IPS revelan una brecha significativa entre la normativa legal y la aplicación práctica en los centros hospitalarios. El reciente caso de Yesica Aguilera, quien fue rechazada en el Hospital Distrital de Santa Rita por tener seguro del IPS, ilustra estas deficiencias sistémicas. La paciente embarazada tuvo que trasladarse al Hospital Distrital de María Auxiliadora en Itapúa, donde las complicaciones durante el parto resultaron en el fallecimiento del bebé.

Los usuarios de redes sociales han documentado experiencias similares de negación de servicios en hospitales públicos por su condición de asegurados del IPS. Grizel Martínez reportó que en un Hospital Materno Infantil le indicaron acudir al servicio de la previsional tras detectar su seguro. Estos casos demuestran que algunos funcionarios hospitalarios interpretan erróneamente que la tenencia del seguro del IPS exime a los hospitales públicos de brindar atención médica.

Procedimientos del IPS para pacientes no asegurados

El Instituto de Previsión Social cuenta con protocolos específicos para atender pacientes sin seguro o en periodo de carencia cuando enfrentan riesgo de vida. Juan Manuel Scavone Ávalos, director de Gestión Médica del IPS, explica que el personal médico otorga primeros auxilios independientemente del estatus del paciente. Los médicos deben firmar una declaración jurada certificando el riesgo de vida para justificar la atención inmediata a personas no aseguradas.

La previsional maneja situaciones administrativas complejas como la mora patronal a través de actas de compromiso donde el asegurado se compromete a regularizar su situación. Este mecanismo garantiza que problemas burocráticos no impidan el acceso a servicios médicos urgentes. El IPS no posee documentación alguna que restrinja la atención de sus asegurados en hospitales públicos, reforzando el principio constitucional de acceso universal a la salud.

Convenios interinstitucionales para optimizar recursos

El IPS y el Ministerio de Salud Pública mantienen acuerdos de cooperación para tratamientos especializados como trasplantes de médula ósea destinados a pacientes no asegurados. Estos convenios permiten el aprovechamiento óptimo de recursos humanos y técnicos disponibles en ambas instituciones. El Hospital Integrado de Ayolas representa un modelo exitoso de servicios integrados donde IPS y MSP comparten espacios físicos manteniendo servicios diferenciados.

En los centros médicos con convenios de integración, cada institución mantiene su farmacia independiente mientras comparte especialistas según disponibilidad. Los pacientes no asegurados pueden ser atendidos por especialistas del IPS cuando el MSP carece de estos profesionales, y viceversa. Estos acuerdos incluyen también el intercambio de medicamentos entre ambas instituciones para garantizar continuidad en los tratamientos médicos.

Normativas sobre periodos de carencia

El IPS eliminó el periodo de carencia para servicios de maternidad mediante resolución reciente, permitiendo acceso inmediato a internaciones y cirugías desde el primer mes de aporte. Esta medida beneficia tanto a titulares como beneficiarios del sistema previsional. Para consultas ambulatorias, los titulares acceden al servicio con el primer mes de aporte, mientras los beneficiarios requieren dos meses de aportes para acceder a consultas médicas.

Intervenciones quirúrgicas y urgencias médicas

Las cirugías programadas y de urgencia requieren seis meses de aportes tanto para titulares como beneficiarios del IPS. Este periodo de carencia busca equilibrar la sostenibilidad financiera del sistema con el acceso oportuno a servicios médicos especializados. Los casos de riesgo vital pueden recibir atención inmediata independientemente del cumplimiento del periodo de carencia, priorizando la preservación de la vida sobre consideraciones administrativas.

Mecanismos de denuncia y fiscalización

Los ciudadanos que enfrenten negación de servicios médicos en hospitales públicos por su condición de asegurados del IPS deben presentar denuncias formales ante el Ministerio de Salud Pública. El doctor Schrodel insta a reportar estos casos para que las autoridades sanitarias implementen medidas correctivas. Las denuncias permiten identificar funcionarios que incumplen normativas constitucionales y aplicar sanciones disciplinarias correspondientes.

El caso de Santa Rita resultó en la apertura de sumarios administrativos para cuatro funcionarios hospitalarios, estableciendo precedentes para futuras situaciones similares. La fiscalización efectiva requiere participación ciudadana activa en la denuncia de irregularidades y seguimiento de las medidas adoptadas por las autoridades. Este mecanismo de control social fortalece el cumplimiento de derechos constitucionales en el sistema sanitario paraguayo.

Recomendaciones para pacientes y familias

Los ciudadanos deben conocer sus derechos constitucionales de acceso a servicios de salud pública independientemente de su condición de asegurados en sistemas previsionales. La documentación de incidentes mediante testimonios, fotografías o grabaciones facilita la presentación de denuncias efectivas ante autoridades competentes. Las familias deben insistir en la atención médica requerida citando el artículo 68 de la Constitución Nacional cuando enfrenten negativas injustificadas.

Unite a nuestro canal de Facebook

La educación sobre derechos sanitarios previene la vulneración de garantías constitucionales y mejora el acceso efectivo a servicios médicos. Los pacientes pueden solicitar identificación de funcionarios que nieguen servicios para facilitar investigaciones posteriores. La coordinación entre IPS y hospitales públicos beneficia a todos los usuarios del sistema sanitario nacional, optimizando recursos disponibles para la atención integral de la población paraguaya.

Fuente: Última Hora