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Cómo tramitar reposo médico externo en IPS vía web

El IPS habilitó una plataforma digital para tramitar reposos médicos externos. El trámite es 100 % en línea y tiene plazos de hasta 72 horas.

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El Instituto de Previsión Social (IPS) recordó que desde hace varios años, todos los trámites relacionados con el reposo médico externo —emitido por clínicas privadas o por el Ministerio de Salud Pública (MSP)— deben realizarse a través de su plataforma digital. Esta política se enmarca en el proceso de eliminación del uso del papel y la digitalización de servicios administrativos, promovida desde la pandemia.

Para iniciar el proceso, los asegurados deben contar con una fotografía clara del certificado médico, visado previamente por Salud Pública, además de la cédula de identidad (ambos lados) en formato de imagen. No se admiten documentos escaneados ni en PDF. El trámite se realiza desde la web oficial del IPS: www.ips.gov.py.

¿Dónde ingresar y qué documentos subir?

Dentro del portal institucional, el interesado debe ir hasta el final de la página e ingresar a la sección denominada “Solicitud de subsidios por reposo”. Una vez allí, debe seleccionar la opción “Presentación de reposo médico externo”, introducir su número de cédula y completar automáticamente el formulario.

El formulario requiere detallar el motivo del reposo, las fechas de inicio y fin, además del correo electrónico del solicitante. Luego, se deben adjuntar las fotos de la cédula, del reposo médico visado y de cualquier estudio complementario (si el reposo supera los tres días). En casos de maternidad, se debe agregar el acta de nacimiento del hijo o hija.

Según explicó Tanya Ibáñez, directora de Riesgo Laboral y Subsidios, para reposos mayores a tres días es obligatorio presentar estudios auxiliares o una indicación médica que justifique la duración del mismo. En cuadros respiratorios, si no se solicita laboratorio, se debe presentar la receta o la orden médica como respaldo.

Cuando el reposo supera cinco días, es necesario respaldarlo con análisis clínicos, radiografías u otro tipo de estudios médicos. En caso contrario, el subsidio puede ser rechazado o devuelto para subsanación documental.

Una vez completado el formulario y adjuntada la documentación, el sistema valida la solicitud y el procesamiento puede demorar entre 48 y 72 horas. En caso de aprobación, el desembolso se realiza dentro de los 10 a 15 días siguientes, vía cuenta bancaria o medio de pago habilitado.

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El monto se calcula sobre la base del 50 % del promedio de los cuatro últimos salarios declarados por el empleador. Este promedio se convierte en un jornal, y se multiplica por los días de reposo a partir del segundo día. El primer día de ausencia no se paga por ley y debe ser cubierto por la empresa.

Es importante señalar que el IPS no paga subsidios por reposos de un solo día. El trámite puede realizarse, pero no se autorizará ningún desembolso. Esto se debe a que ese día se considera de responsabilidad exclusiva del empleador, salvo casos excepcionales como hospitalizaciones o emergencias.

La declaración de salarios por parte de la empresa también influye directamente en el cálculo del subsidio. En caso de error, el empleador dispone de hasta 30 días para rectificar los datos, lo que permite al asegurado acceder al monto correcto.

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En los casos en que el reposo es emitido dentro del sistema del IPS, el trámite es completamente automatizado. No se requiere ninguna acción del asegurado, ya que el reposo es cargado digitalmente y procesado directamente por el sistema interno. Solo queda esperar el depósito correspondiente, que se efectúa generalmente dentro de un plazo de 10 a 15 días.

Esta política apunta a agilizar los procesos administrativos, brindar mayor transparencia y reducir los tiempos de espera en beneficio de los trabajadores asegurados.

Fuente: Última Hora