Mientras autoridades paraguayas promueven discursos internacionales sobre libertad de expresión, la Corte Suprema de Justicia mantiene paralizado desde hace cuatro meses un expediente clave sobre censura previa. La acción de inconstitucionalidad presentada contra el fallo del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que benefició a la jueza Gloria Machuca, sigue sin avances en la etapa de admisibilidad.
El contraste entre el discurso y la realidad
En el marco de la 55.ª Asamblea de la OEA en Antigua y Barbuda, el vicecanciller Víctor Verdún sostuvo que “Paraguay no aceptará la censura como derecho humano”. Fue durante el Diálogo de Jefes de Delegación con Representantes de la Sociedad Civil.
Valiente el Vicecanciller, Víctor Verdun ante la OEA. Expuso ante los hipócritas la situación dictatorial de Nicaragua y Venezuela. Reivindicó el derecho a la vida desde la concepción, la propiedad privada y la libertad de expresión. “Paraguay no aceptará la censura como derecho… pic.twitter.com/nAg2jIoD2x
— Ricky A (@rickyalderete) June 25, 2025
Defendemos la libertad de expresión como uno de los pilares fundamentales de la democracia.@Foro_MAD @FFiorioPizurno @enriquevp
pic.twitter.com/LoJM1E5JT9— Raul Latorre (@raulatorre) June 13, 2025
Un caso emblemático de censura previa
La jueza Gloria Machuca dictó una medida que impidió a RDN y al empresario Christian Chena difundir información sobre denuncias de corrupción contra Gisele Mousques y Darío Filártiga, entonces titular del IPS. La resolución fue señalada por juristas y organizaciones como un claro caso de censura previa, prohibida por el artículo 26 de la Constitución.
El fallo del JEM que blanqueó a Machuca
Pese a la gravedad del hecho, el JEM absolvió a la jueza Machuca. Contra esta decisión, fue presentada una acción de inconstitucionalidad en febrero. A pesar de tratarse de un caso de derechos fundamentales, el expediente permanece sin resolución ni tratamiento en la Corte Suprema, donde no ha superado siquiera la etapa de análisis preliminar.
Ley 5777: herramienta de censura
Organizaciones periodísticas alertan sobre el uso desvirtuado de la Ley 5777/16 de protección a la mujer, que se aplica para silenciar críticas. En el caso de RDN, la propia medida judicial invocó esta norma para justificar la censura previa. Este patrón se repite en otros casos recientes, generando preocupación sobre la criminalización judicial del periodismo.
Cifras alarmantes sobre violencia a la prensa
En 2024, la Mesa para la Seguridad de Periodistas documentó 33 casos de violencia contra periodistas en el país. Ocho de ellos fueron por censura directa. Aunque no se registraron asesinatos, el país acumula 21 homicidios de comunicadores desde 1991, con una impunidad superior al 90%.
Entre los casos más notorios, se destacan la agresión física del diputado cartista Yamil Esgaib a dos periodistas, la amenaza de la senadora Yamy Nal contra una comunicadora por un video satírico, y las advertencias del abogado Pedro Ovelar contra medios que investigaron a Horacio Cartes.
El periodista Elías Cabral fue amenazado de muerte presuntamente por miembros del Primer Comando Capital (PCC). Además, un estudio del Centro Interdisciplinario de Derecho Social y Economía reveló que más del 50% de los periodistas ha optado por la autocensura, y un 35% ha reducido su actividad en redes sociales por temor a represalias.
Según el Índice Chapultepec 2024, Paraguay ingresó a la categoría de “alta restricción” en materia de libertad de expresión. El informe detalló 22 incidentes de agresiones y amenazas con participación estatal, durante el primer año del gobierno de Santiago Peña.
La parálisis del caso Christian Chena y RDN vs. Machuca deja en evidencia la distancia entre los compromisos asumidos por Paraguay ante foros internacionales y la práctica cotidiana del sistema judicial. La ausencia de respuesta institucional ante un acto de censura previa cuestiona la autenticidad del discurso oficial sobre derechos humanos y democracia.
Por RDN