La Justicia resolvió cerrar el acceso ciudadano a los registros de visitas de Mburuvicha Róga. Un Juzgado Penal de Sentencia rechazó una acción de amparo que buscaba hacer públicos los datos de quiénes ingresan y salen de la residencia presidencial. La decisión coloca en el centro del debate la tensión entre transparencia, seguridad y privacidad en el entorno del Poder Ejecutivo.
La resolución, identificada como Sentencia Definitiva N.º 254 y dictada el 5 de diciembre, desestimó el amparo promovido por Hugo Javier Portillo Sosa. El accionante pretendía acceder a información que consideraba de interés público. El recurso estaba dirigido contra el Ministerio de Defensa Nacional y el Gabinete Civil de la Presidencia, que ya habían negado previamente la entrega de los documentos requeridos.
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En el pedido se incluían las planillas completas de ingreso y salida de visitantes a Mburuvicha Róga. También se solicitaban los datos de identificación de las personas que acudieron a la residencia, los motivos de sus visitas y el tiempo de permanencia. Además, se reclamaban los protocolos de seguridad vigentes y los resultados de pruebas de polígrafo realizadas al personal que presta servicio en el entorno presidencial.
Al estudiar el caso, el Juzgado sostuvo que toda esa información se encuentra amparada por normativas vinculadas a la seguridad e inteligencia del Estado. Según el fallo, su divulgación podría poner en riesgo la integridad del presidente de la República, de su familia y de su equipo de custodia. El tribunal remarcó que Mburuvicha Róga, aunque es sede del Poder Ejecutivo, también funciona como vivienda del mandatario, lo que le otorga un carácter de espacio privado con protección especial.
La sentencia subrayó que los registros de visitas domiciliarias del presidente, los protocolos de resguardo y las evaluaciones de seguridad del personal forman parte de la esfera de la intimidad personal y familiar. Por ello, deben ser considerados reservados dentro del marco de la Ley de Acceso a la Información Pública. Además, el Juzgado concluyó que la acción de amparo no reunía los requisitos de urgencia y gravedad necesarios para habilitar esta vía excepcional.
El planteo para acceder a los registros cobró impulso tras la investigación periodística denominada “los sobres del poder”. Ese trabajo difundió el presunto hallazgo de sobres con importantes sumas de dinero en Mburuvicha Róga, episodio que nunca llegó a ser denunciado formalmente. Las publicaciones también llamaron la atención sobre visitas realizadas en horarios inusuales y que no aparecían en la agenda pública del presidente Santiago Peña.
En ese contexto salió a la luz el nombre de Miguel Cardona, accionista principal de la empresa que posee el mayor contrato público dentro del programa Hambre Cero. Su presencia en el listado de visitas mencionado en los informes periodísticos incrementó las preguntas sobre quién accede a la residencia presidencial y en qué condiciones.
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También fueron mencionados el titular de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, Óscar Orué, y el fiscal general del Estado, Emiliano Rolón. La referencia a estas autoridades dio mayor peso político a las revelaciones. A partir de allí se intensificaron las demandas de mayor claridad sobre los movimientos dentro del entorno más cercano al poder político.
Con esta resolución, la Justicia establece una barrera formal que impide conocer de manera oficial los registros de visitas y los protocolos internos de Mburuvicha Róga. La sentencia privilegia la seguridad y la privacidad frente a los pedidos de acceso a la información. Sin embargo, la decisión no disipa las dudas instaladas en la opinión pública sobre el flujo de visitas y las relaciones de poder alrededor de la residencia presidencial, en un escenario político marcado por cuestionamientos y controversias mediáticas.
Fuente: El Nacional







