El presidente de la República, Santiago Peña, promulgó oficialmente la Ley N° 7614. Esta legislación establece el saneamiento de juicios ejecutivos considerados irregulares en el país. La normativa tendrá una vigencia transitoria de dos años para su aplicación efectiva. Su propósito fundamental es corregir diversas violaciones detectadas durante los procesos judiciales actuales.
La legislación se enfoca en regularizar juicios ejecutivos y acciones preparatorias de cobro. El marco legal abarca casos registrados por la Comisión investigadora del Senado sobre pagarés. También incluye aquellos expedientes que no se encuentren físicamente localizados en las sedes judiciales.
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Se implementará un procedimiento riguroso de búsqueda para cada expediente no localizado. Las secretarías de los juzgados deben habilitar un cuaderno de registro obligatorio para tal fin. Este documento debe consignar el juzgado específico, el turno y la secretaría responsable. Asimismo, se debe detallar la carátula, el número y el año del expediente afectado. La ley exige registrar el domicilio real y procesal del ciudadano demandado. También se deben incluir los datos de contacto del abogado o defensor interviniente.
Los secretarios judiciales cuentan con un plazo perentorio de diez días para la ubicación. Si el expediente no aparece en ese tiempo, se activarán mecanismos automáticos de respuesta. El juez de la causa deberá ordenar de oficio la inmediata reconstitución del expediente. Esta acción administrativa previene la paralización injustificada de los trámites legales correspondientes. Por lo tanto, el sistema asegura que la justicia siga su curso de forma ordenada. La ley provee las herramientas necesarias para restaurar la documentación extraviada de manera oficial.
Durante el trámite de reconstitución, se aplicarán requisitos estrictos para la parte demandante. El juzgado intimará al acreedor a presentar el título original que se está ejecutando. Este documento puede consistir en un pagaré o un cheque debidamente autenticado. Esta exigencia asegura que la acción judicial cuente con un sustento físico real y verificable. Sin embargo, la tramitación del expediente general puede continuar su curso legal paralelamente. La presentación del título original actúa como un filtro de seguridad contra posibles irregularidades.
La ley estipula la suspensión inmediata de los embargos en situaciones de extravío documental. Si el expediente perdido registra medidas cautelares, el juez debe ordenar su levantamiento total. Esta disposición se mantiene vigente hasta que concluya exitosamente la reconstitución del legajo judicial. En consecuencia, se evita la afectación indebida del patrimonio de las personas durante la búsqueda. Esta medida cautelar positiva protege la estabilidad económica de los demandados ante fallas administrativas.
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Ante la verificación de graves irregularidades, el magistrado debe declarar la nulidad del juicio. Esta declaración debe realizarse de oficio para salvaguardar el debido proceso legal. Si se anula el juicio, se procederá a la devolución inmediata de los bienes afectados. Esto incluye el retorno de depósitos monetarios o bienes bajo medidas de restricción previa. Además, se ordenará el reembolso de cualquier dinero debitado mensualmente al demandado afectado.
Finalmente, el Ministerio de Defensa Pública asistirá directamente a las personas en situación de vulnerabilidad. El acceso a este servicio legal no requerirá tramitar beneficios de litigar sin gastos. Una declaración jurada será suficiente para acreditar la condición del ciudadano ante las autoridades. Por último, los ujieres deberán utilizar fotografías para acreditar la veracidad de sus notificaciones. Esta tecnología avalará el contenido de los informes judiciales sobre los domicilios señalados oficialmente. Si un domicilio no es identificado, el funcionario deberá elevar un informe detallado al juzgado.
Fuente: Última Hora







