El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la ley que permitirá al Instituto de Previsión Social (IPS) solicitar préstamos y así saldar deudas.
De este modo, la previsional podrá solicitar líneas de crédito de mediano y largo plazo al Banco Nacional de Fomento (BNF), entidades del sistema financiero nacional o a otras entidades financieras extranjeras.
Los fondos estarán destinados al cumplimiento de las obligaciones del Programa de Enfermedad y Maternidad.
La normativa establece que el límite máximo del total anual de las cuotas emergentes de las operaciones, no podrá sobrepasar el 5% del presupuesto anual asignado para el ejercicio del programa.
El artículo cuatro hace mención a los recursos de jubilación, punto controversial que fue debatido antes de la promulgación: “Dispónese que las obligaciones emergentes de la presente normativa serán cumplidas únicamente con recursos provenientes del Programa de Enfermedad y Maternidad del Instituto de Previsión Social. En ningún caso se podrán utilizar los recursos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones para el cumplimiento de las deudas emergentes en el marco de la presente ley”.
La Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda deberá establecer los procesos y mecanismos para el uso de los recursos en el presupuesto aprobado del IPS para el ejercicio fiscal correspondiente.
A través del marco legal la previsional accederá a préstamos, a fin de ponerse al día con la deuda de más de USD 280 millones que tiene con las farmacéuticas por la provisión de medicamentos e insumos.
Mire los detalles abajo.
#AHORA | El Poder Ejecutivo promulgó el proyecto de Ley de Endeudamiento del IPS para pagar a sus proveedores.
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