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Pirotecnia cero: Plantean multas de hasta G. 24 millones

El diputado Hugo Ramírez con el apoyo del director del Hospital del Quemando, el doctor Bruno Balmelli, bridaron detalles sobre el proyecto de ley que presentó el parlamentario. El plan busca reducir a cero los pacientes quemados o mutilados.

Pirotecnia en el Mercado 4. Foto: Lorena Galeano RDN

En el marco de las fiestas de fin de año y el uso de pirotecnias, se llevó a cabo una conferencia de prensa en el mencionado nosocomio.

Paraguay es el único país que no cuenta con ninguna reglamentación sobre el uso de la pirotecnia, indicaron.

En relación al tema, el titular del Hospital del Quemado, doctor Bruno Balmelli, sostuvo que esta sería una solución que ya se aplicó en otros países como Perú, donde se redujo a cero el número de pacientes quemados, mutilados y fallecimientos por el uso de explosivos “recreativos”.

“Esta ley nos permitirá regular toda esta problemática que se presenta principalmente durante las fiestas de fin de año y es algo que en otros países ya existe”, menciononó el profesional de blanco.

Por su parte, el Ramírez señalo que el proyecto de ley de pirotecnia cero ya está presentado y lo que se desea es lograr que se reglamente a partir del 2019.

“La pirotecnia, aparte de causar daños en niños y familiares y generar un costo para el Estado, también hace que la Navidad o las fiestas de fin de año no sean tan felices para los niños con autismo porque genera en ellos nerviosismo, ansiedad exagerada, llegando incluso a autolesionarse y convulsionar”, refirió.

El dato

Una parte de la ley, hace referencia sobre el uso de pirotécnia en espacios cerrados, canchas de fútbol y/o predios para cualquier tipo de eventos deportivos, musicales, políticos, religiosos o de otra índole, manifestaciones callejeras de cualquier fin, movilizaciones, actividades sindicales y otras manifestaciones sociales.

En tanto que establece multas para los infractores tanto quienes tienen, usan y comercializan que va de 10 a 300 jornales mínimos legales equivalente a G. 812.520 y G. 24.375.600.

Así también  la incautación, decomiso y destrucción de los productos, independientemente del daño que su uso pueda causar a terceros.

Las sanciones impuestas serán el doble en casos de venta de artefactos de pirotecnia a menores de edad.