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Tribunal de Paz de Colombia declina juzgar secuestro y asesinato de Cecilia Cubas

La JEP de Colombia se declara incompetente para juzgar el caso Cecilia Cubas, complicando la situación legal de Rodrigo Granda.

El "canciller" de la ex guerrilla colombiana FARC, Rodrigo Granda. Foto: DANIEL MUNOZ, ABC

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia comunicó que no tiene potestad para juzgar el secuestro y asesinato en 2004 de Cecilia Cubas, hija del expresidente paraguayo Raúl Cubas, por el que se investiga la posible implicación del miembro del último secretariado de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), Rodrigo Granda.

Cecilia Cubas fue secuestrada en 2004 y su cadáver fue hallado cinco meses después en una fosa en las afueras de Asunción, Paraguay. La JEP estudiaba si incluir este hecho, por el que Paraguay pide la extradición de Rodrigo Granda, en el macrocaso 01 que juzga la “toma de rehenes, graves provocaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las FARC”.

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Paraguay requiere a Granda, también conocido como ‘Rodrigo Téllez’ o el ‘canciller de las FARC’, por su supuesta implicación en el asesoramiento o colaboración en el secuestro de la hija del expresidente Raúl Cubas (1998-1999).

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Según un libro del periodista Andrés Colmán, Granda posiblemente asesoró al marxista Partido Patria Libre (PPL), germen de la banda del autodenominado “Ejército del Pueblo Paraguayo” (EPP), para el secuestro de Cecilia Cubas, cuyo cuerpo sin vida apareció tras un cuantioso pago para su liberación.

En octubre de 2022, la JEP concedió a Granda “amnistía de iure” por el delito de rebelión, pero ahora asegura que existe una “falta de jurisdicción (…) para administrar justicia en los hechos ocurridos el 21 de septiembre de 2004 en Paraguay”, a pesar de las pruebas presentadas.

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Bajo el principio de territorialidad, la JEP determinó que en Colombia no hay “una autoridad judicial nacional que lo esté o lo haya procesado, por delitos cometidos en el marco de conflicto armado colombiano”, por lo que “claramente no tiene jurisdicción para asumir conocimiento por delitos cuya ocurrencia y persecución estén siendo llevadas por otras naciones”.

Fuente: ABC Color.