El Tribunal de Apelación confirmó la multa de 70 jornales mínimos, equivalentes a G. 7.533.890, aplicada al abogado Secundino Méndez, defensor del excomisario Osvaldo Vera. La sanción fue impuesta por un Tribunal de Sentencia ante las múltiples maniobras dilatorias promovidas durante el juicio oral por torturas en el que también fue condenado el exministro del Interior Walter Bower. La decisión del órgano de alzada ratifica la gravedad del uso abusivo de recursos judiciales en una causa emblemática.
Según las resoluciones, Méndez incurrió en una práctica sistemática de recusaciones e incidentes con el propósito de postergar el desarrollo del proceso. La audiencia oral inició en febrero de 2024 y finalizó recién en enero de 2025, tras varios intentos de interrupción por parte de la defensa.
El caso juzgado se remonta a los hechos ocurridos en mayo del año 2000, cuando un grupo de policías fue sometido a torturas durante interrogatorios en el marco de las investigaciones por el intento de golpe de Estado contra el entonces presidente Luis Ángel González Macchi. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó posteriormente al Estado paraguayo por la prolongación indebida del proceso.
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En enero pasado, el Tribunal de Sentencia dictó penas de 15 años de prisión para Walter Bower, y condenó a 12 y 6 años a los excomisarios Merardo Palacios y Osvaldo Vera, respectivamente. Los tres se encuentran bajo prisión preventiva mientras avanza la etapa de revisión de las sentencias.
El fallo del Tribunal de Apelación considera que la conducta del abogado Méndez afectó no solo la celeridad del juicio, sino también la credibilidad institucional del sistema judicial paraguayo. Subraya que se trató de una causa de alto interés público, que ya implicó responsabilidades internacionales para el Estado.
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La resolución califica las acciones como un ejercicio abusivo del derecho y destaca que la dilación comprometió el derecho a la verdad de las víctimas. Asimismo, la sentencia resalta que la multa impuesta representa una medida proporcional ante la gravedad de los hechos procesales.
Fuente: Megacadena