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Habilitan registro de padres que no cumplen con prestación alimentaria

Este viernes fue habilitado en la página web del Poder Judicial Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).

Palacio de Justicia. Foto: Lamira.com.py.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) habilitó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).

Este apartado fue habilitado en la página web institucional www.pj.gov.py, a fin de que la ciudadanía y tanto, ente públicos como privados, accedan al mismo de manera sencilla.

Cabe destacar que el incumplimiento de la prestación alimentaria podría significar la muerte civil del progenitor.

Entre las limitaciones se encuentra la restricción para acceder a créditos o abrir cuentas bancarias, de igual modo no se podrán obtener licencias de conducir ni realizar trámites en entidades públicas y privadas. El deudor tampoco podrá comprar o vender bienes registrables o no.

Si bien la morosidad no impide el matrimonio, la boda del moroso deberá ser comunicada y se tendrá que dar aviso sobre la situación del a los testigos de la celebración.

“El no cumplimiento genera el trámite de ejecución de sentencia, que es un trámite civil con traslado y otras cuestiones, también la madre tiene facultad en estos casos de ir por el proceso penal y ahora le sumamos esta tercera vía que es la inclusión en el Registro del Deudor Alimentario Moroso”, explicó Guillermo Trovato, coordinador de jueces de la Niñez en contacto con SNT.

En tal sentido, dio a conocer un caso real ocurrido recientemente: “Tuvimos el caso de un señor que se quería casar y figuraba como deudor alimentario moroso y literalmente tuvimos que frenar por uno o dos días la boda, hasta poder generar el cumplimiento de certificado; o sea es pagar lo que se debe. Se hizo el trámite, trajo la constancia y se procedió a levantar”.

Mire los detalles en el video.