Senado ajusta sanciones en ley de permisos laborales para embarazadas
La Cámara de Senadores aprobó recientemente con modificaciones un proyecto de ley destinado a regular los permisos laborales para consultas, controles y estudios prenatales de trabajadoras embarazadas, tanto en el sector público como privado. La normativa, en su esencia, busca garantizar que las gestantes puedan acceder a estos servicios médicos sin perjuicio laboral, aunque la reducción de las sanciones para las empresas incumplidoras ha generado controversia.
El artículo 4° del proyecto establece que toda trabajadora embarazada, independientemente de la naturaleza jurídica de su relación laboral, tiene derecho a ausentarse de su lugar de trabajo para asistir a consultas, controles y estudios prenatales. Estos permisos serán de hasta cuatro horas por consulta, las cuales se contabilizarán como horas trabajadas, sin posibilidad de descuentos salariales. En casos específicos, cuando lo recomiende el médico tratante, este tiempo podrá ser extendido.
La responsabilidad de regular el número mínimo de controles prenatales queda a cargo del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, el cual deberá establecer los parámetros correspondientes. Asimismo, se exige a las trabajadoras informar a sus empleadores con un mínimo de dos días de anticipación sobre las consultas prenatales, salvo en situaciones de urgencia que justifiquen un aviso posterior.
El artículo 5° subraya que los permisos no podrán ser negados bajo ninguna circunstancia, y que las trabajadoras deben presentar constancias o comprobantes emitidos por el profesional médico o la entidad de salud correspondiente, que acrediten su asistencia a las consultas prenatales.
Uno de los puntos más debatidos fue la sanción a las empresas que incumplan con la ley. Inicialmente, el proyecto contemplaba multas de entre 50 a 100 jornales mínimos diarios, lo que equivale a un rango de G. 5.381.350 a G. 10.762.700. Sin embargo, el senador expulsado del PLRA, Dionisio Amarilla, argumentó que estas sanciones eran desproporcionadas, especialmente para las micro y pequeñas empresas (MIPYMES), lo cual encontró apoyo en la bancada cartista.
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Como resultado, el Senado decidió reducir las multas a un rango de 10 a 50 jornales mínimos diarios, es decir, de G. 1.076.270 a G. 5.381.350, dependiendo del caso. Esta modificación busca un equilibrio entre la protección de los derechos laborales de las embarazadas y la capacidad financiera de las pequeñas empresas.
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El proyecto modificado ahora deberá pasar a la Cámara de Diputados para su revisión final. La reducción de las sanciones ha generado críticas de algunos sectores, que consideran que la medida podría debilitar la efectividad de la ley y la protección de las trabajadoras.
Fuente: ABC Color
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