Juez que analizará el caso Rivas estudió en la Universidad Sudamericana

La Justicia definió este viernes al Tribunal de Sentencia que juzgará al renunciante senador Hernán Rivas (ANR, Honor Colorado) por el caso del presunto título falso de abogado. Entre los magistrados sorteados figura Héctor Capurro, quien realizó un doctorado en la Universidad Sudamericana, la misma institución donde el legislador obtuvo el documento actualmente cuestionado.

El tribunal quedó integrado por María Fernanda García de Zúñiga como presidenta y los jueces Yolanda Portillo y Héctor Luis Capurro Rádice. El juicio oral y público fue fijado para el próximo 3 de julio, luego de que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anulara el sobreseimiento definitivo que beneficiaba al senador colorado.

La resolución de la Corte también dejó sin efecto la prescripción relacionada con la producción de documentos no auténticos. De esta manera, Rivas deberá enfrentar juicio oral por el caso vinculado a su cuestionado título universitario.

Juez del tribunal estudió en la misma universidad

El magistrado Héctor Capurro cursó la carrera de Derecho en la Universidad Católica de Asunción y ejerció la profesión entre 1987 y 2001. Posteriormente, obtuvo el doctorado en Derecho y Ciencias Sociales en la Universidad Sudamericana.

Según los antecedentes mencionados en la causa, Capurro logró el título de doctor en 2013 con calificación sobresaliente Cum Laude. La Universidad Sudamericana es la misma institución donde Hernán Rivas obtuvo el título de abogado que actualmente es investigado por la Justicia paraguaya.

El sorteo del Tribunal de Sentencia se realizó apenas un día después del fallo emitido por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Ese mismo viernes, Rivas presentó su renuncia al Senado, aunque la aceptación formal aún debe tratarse la próxima semana en la Cámara Alta.

Fiscalía impulsó el recurso contra el sobreseimiento

Las fiscalas Patricia Sánchez y Luz Guerrero Moral promovieron el recurso extraordinario de casación que finalmente fue admitido por la Corte Suprema. Las representantes del Ministerio Público cuestionaron dos resoluciones previas del Tribunal de Apelaciones.

Una de esas resoluciones confirmaba la prescripción del hecho punible relacionado con la producción mediata de documentos públicos de contenido falso. La otra revocaba la apertura a juicio oral por uso de documento público de contenido falso.

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La Corte concluyó que el recurso presentado por la Fiscalía cumplía con los requisitos legales de tiempo y forma, por lo que resolvió revocar el beneficio judicial que había obtenido el legislador colorado.

Fuente: ABC Color

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