Política

¡Escándalo en la Cámara! Diputados buscan limitar la Ley de ‘Puertas Giratorias’

Diputados aprueban una modificación a la Ley contra los Conflictos de Intereses, buscando evitar la declaración de intereses vinculados a familiares más allá de pareja e hijos.

Cámara de Diputados. Foto: Gentileza.

La Cámara de Diputados ha dado media sanción al proyecto de modificación de la Ley contra Conflicto de Intereses, más conocida como Ley de “Puertas Giratorias”. Esta modificación busca reducir el alcance de la ley, permitiendo a los legisladores evitar la declaración de intereses vinculados a familiares más allá de la pareja e hijos.

La iniciativa ha sido respaldada tanto por oficialistas como opositores, quienes sin cuestionamiento alguno, han acompañado esta propuesta que parece cercenar la obligación de declarar vínculos familiares potencialmente conflictivos. En otras palabras, los legisladores parecen estar buscando una forma de favorecerse a sí mismos, evitando las restricciones que esta ley imponía sobre ellos.

El proyecto de ley en cuestión propone modificar los artículos 3° y 20 de la ley N.º 7.089/2023, que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la función pública. Ahora, el documento con media sanción se remite al Senado para su correspondiente estudio.

Esta iniciativa fue presentada por un total de 38 diputados de diferentes signos políticos. En la exposición de argumentos, se explicó que el artículo 3° corresponde a las definiciones de los aspectos contenidos en el proyecto, (siendo el inciso modificado el G).

En cuanto al artículo 20, refiere al deber de abstención. Según la nueva redacción, “el funcionario público deberá abstenerse de tomar intervención directa o indirectamente en los asuntos en los cuales tenga con las partes, sus mandatarios o letrados, un vínculo de unión conyugal o de convivencia”.

El diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí), justificó esta modificación argumentando que la ley original dificulta, sobremanera, el control que debe efectuar la Contraloría General de la República.

La Ley de “Puertas Giratorias” define como “conflicto de intereses” cuando los intereses personales de una persona que desempeñe una función pública podrían influir en la adopción de decisiones en el ejercicio del cargo. Al parecer, los legisladores buscan modificar este alcance, limitándolo a su conveniencia.


Fuente: El Nacional